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viernes, 30 de junio de 2017

CURSOS DE LA FRMP

CURSOS FRMP- 2017 

La Federación Regional de Municipios y Provincias dentro de su Plan de Formación Continua ha organizado varios cursos online y algunas jornadas presenciales de interés para los empleados/as municipales.

La web de consulta e inscripción en los plazos establecidos para dicha formación se pueden consultar en: www.frmpcl.es en el apartado de Formación.

Se adjunta un listado con los cursos ofertados por si fueran de su interés. 

El plazo de inscripción a los cursos online, y la inscripción también será online.

RELACIÓN CURSOS: - on line - 
Código:
17r002
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
40 Horas
250 Plazas
Denominación
NUEVAS LEYES DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE 2017
Contenido

Código:
17r003
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
60 Horas
100 Plazas
Denominación
INTERVENCIÓN INMEDIATA Y DIARIA PARA LA POLICÍA LOCAL
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE
Contenido

Código:
17r004
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
40 Horas
250 Plazas
Denominación
TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES Y RECURSOS ADMINISTRATIVOS
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
Contenido

Código:
17r005
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
80 Horas
250 Plazas
Denominación
APOYO PARA LA CONSOLIDACIÓN DE PLAZAS Y PROMOCIÓN INTERNA AL CUERPO DE ADMINISTRATIVOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
Contenido

Código:
17r006
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
40 Horas
100 Plazas
Denominación
GESTIÓN Y VALORACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO EN LAS ENTIDADES LOCALES DE CASTILLA Y LEÓN
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
Contenido

Código:
17r007
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
30 Horas
250 Plazas
Denominación
GESTIÓN Y RECAUDACIÓN TRIBUTARIA LOCAL
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
Contenido

Código:
17r008
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
40 Horas
250 Plazas
Denominación
NÓMINAS Y SEGUROS SOCIALES EN LA ADMINISTRACIÓN LOCAL
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
Contenido

Código:
17r009
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
40 Horas
150 Plazas
Denominación
PROTOCOLO Y ORGANIZACIÓN DE EVENTOS
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
Contenido

Código:
17r010
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
20 Horas
100 Plazas
Denominación
REDES SOCIALES COMO HERRAMIENTAS DE TRABAJO EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
Contenido

Código:
17r011
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
25 Horas
50 Plazas
Denominación
ESTRATEGIAS LOCALES CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO. REDUCCIÓN DE LA HUELLA DE CARBONO A NIVEL LOCAL
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
Contenido

Código:
17r012
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
40 Horas
50 Plazas
Denominación
RESPONSABILIDAD DE LAS CORPORACIONES LOCALES EN MATERIA DE INFRACCIONES Y DELITOS MEDIOAMBIENTALES
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
Contenido

Código:
17r013
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
30 Horas
50 Plazas
Denominación
NOVEDADES E IMPLICACIONES DE LA NORMATIVA DE RESIDUOS EN CASTILLA Y LEÓN
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
Contenido
• Definición y tipos de residuos.
• Decreto 11/2004. Plan integral de residuos de Castilla y León.
• Trabajo de los ayuntamientos.
Código:
17r014
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
35 Horas
50 Plazas
Denominación
ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
Contenido

Código:
17r015
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
30 Horas
100 Plazas
Denominación
GESTIÓN Y DIRECCIÓN DE EQUIPOS DE TRABAJO DE FORMA CREATIVA
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
Contenido

Código:
17r016
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
30 Horas
100 Plazas
Denominación
GESTIÓN EFICAZ DEL TIEMPO
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
Contenido

Código:
17r017
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
DistanciaRegional
ON LINE
20 Horas
250 Plazas
Denominación
USO DE LA APLICACIÓN ORVE (OFICINA DE REGISTRO VIRTUAL ELECTRÓNICO)
Horario
ON LINE
Fechas y Lugar
16 DE OCTUBRE A 31 DE DICIEMBRE DE 2017
Contenido
• 

PRESENCIALES EN PALENCIA: 

Código:
17p001
matriculación: del 08/07/2017 al 30/10/2017
PresencialPalencia
PALENCIA
25 Horas
35 Plazas
Denominación
CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. NOVEDADES NORMATIVAS
Horario
DE 9:00 A 14:30 H
Fechas y Lugar
DEL 06-11-2017 A 10-11-2017
PALENCIA. Edificio FUENTES QUINTANA. Plaza de los Juzgados.
Contenido

Código:
17p002
matriculación: del 08/07/2017 al 25/09/2017
PresencialPalencia
PALENCIA
15 Horas
30 Plazas
Denominación
ACTUALIZACIÓN EN MATERIA ECONÓMICA FINANCIERA PARA ENTIDADES LOCALES
Horario
DE 09:00 A 14:30 H
Fechas y Lugar
3,5,9 DE OCTUBRE
PALENCIA. Edificio FUENTES QUINTANA. Plaza de los Juzgados.
Contenido

Código:
17p003
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
PresencialPalencia
PALENCIA
21 Horas
30 Plazas
Denominación
MANTENIMIENTO DE JARDINES
Horario
A DETERMINAR
Fechas y Lugar
A DETERMINAR
Contenido

Código:
17p004
matriculación: del 08/07/2017 al 02/10/2017
PresencialPalencia
PALENCIA
25 Horas
25 Plazas
Denominación
MANIPULADOR DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS. NIVEL BÁSICO
Horario
A DETERMINAR
Fechas y Lugar
A DETERMINAR
Contenido

...

jueves, 29 de junio de 2017

EXCEDENCIA POR CUIDADO DE 
UN FAMILIAR:



Normativa: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público.  (BOE núm. 261, de 31 de octubre) 

Artículo 89. Excedencia. 
  • 1. La excedencia de los funcionarios de carrera podrá adoptar las siguientes modalidades: 
  • a) Excedencia voluntaria por interés particular. 
  • b) Excedencia voluntaria por agrupación familiar. 
  • c) Excedencia por cuidado de familiares. 
  • d) Excedencia por razón de violencia de género. 
  • e) Excedencia por razón de violencia terrorista.
EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES
A) Excedencia por cuidado de familiares
También tienen derecho a la excedencia por cuidado de familiares a su cargo, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razón de enfermedad, edad, accidente o discapacidad no se valgan por sí mismos y no desempeñen actividad retribuida, por un período no superior a tres años. 
En ambas situaciones de excedencia el período es único por cada sujeto causante y puede limitarse el ejercicio del derecho, cuando ambos cónyuges puedan ejercerlo, a uno sólo de ellos.
Es legítimo que una Ley autonómica considere al cónyuge o pareja de hecho como familiar en el caso de la excedencia voluntaria por cuidado de familiares, pero no que extienda los efectos de esta situación a los derechos en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
REQUISITOS:
  • a) Duración máxima tres años.
  • b) El periodo de excedencia será único en cada sujeto causante. Cuando un nuevo sujeto causante diera origen a una nueva excedencia, el inicio del periodo de la misma pondrá fin al que se viniera disfrutando.
  • c) En el caso de que dos funcionarios generasen el derecho a disfrutarla por el mismo sujeto causante, la Administración podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas relacionadas con el funcionamiento de los servicios.
Por tanto en el supuesto de que ambos cónyuges, en el supuesto de cuidado de hijo, o de familiares, en el caso de cuidado de familiares, presten servicios en la misma Administración Local y quieran disfrutar simultáneamente de la excedencia, deberán comunicarlo para que el Alcalde adopte la resolución que corresponda.
EFECTOS:
  • 1º) La reserva del puesto de trabajo (por tanto reingreso automático).
  • 2º) Computa a efectos de trienios.
  • 3º) Computa a efectos de derechos pasivos (jubilación).
  • 4º) Computa a efectos de solicitar la excedencia voluntaria por interés particular (para solicitar esta excedencia se requiere haber prestado servicios a la Administración al menos durante los cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud).
  • 5º) No es computable a efectos del resto de complementos.
La solicitud de reingreso debe formularse antes de la finalización del periodo de excedencia. En caso de no efectuarse en dicho plazo, el funcionario pasará a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.
CONDICIONES A CUMPLIR para poder solicitar esta excedencia cuidado de un familiar enfermo por parte de un funcionario municipal. (artículo 89.4 EBEP)
En primer lugar, debe existir el parentesco, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, el cual deberá acreditarse mediante la presentación del libro de familia correspondiente, entendiéndose incluido como familiar de primer grado también al cónyuge. 
Por un lado, se exige que los familiares se encuentren a cargo del funcionarioEsto debemos entenderlo a tenor de la legislación autonómica que supone supone una relación de dependencia que no implica necesariamente la convivencia con el mismo, ni a su exclusivo cuidado, a diferencia de la expresión «cuidado directo», que sí requiere una relación de dependencia que implica la convivencia.
No valerse por sí mismo no implica tener reconocido uno de los grados de incapacidad previstos en la legislación de la seguridad social, sino que supone una falta de autonomía para realizar individualmente las tareas o gestiones propias de la vida personal o social, por lo que no se exige un grado concreto de discapacidad ni que haya sido reconocida por organismo oficial.
No desempeñar «actividad retribuida»: en la práctica se interpreta, como aquélla por la que se recibe una contraprestación por razón de la misma, ya sea por cuenta propia o ajena, de forma que, a nuestro juicio, la percepción de una pensión contributiva o no, no reúne el requisito de «actividad» ni de «contraprestación», entendida ésta como realización de tareas que dan lugar a un salario o pago por servicios, por lo que la percepción de pensiones de jubilación, viudedad, orfandad, pensiones no contributivas, en general las pensiones otorgadas en virtud de una situación determinada por la Seguridad Social no son ni constituyen «actividad retribuida», sino que se perciben por derechos adquiridos fruto de las correspondientes cotizaciones anteriores o por determinadas situaciones.
El justificante médico, deberá presentarse informe del órgano competente de la administración sanitaria, Servicio Público de Salud, órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma, centro sanitario concertado..., en el que se exponga claramente la patología, es decir, un documento emitido por profesional sanitario médico sobre el proceso asistencial concreto, en el que consten clara y concretamente las derivaciones de la concreta patología.

CONSECUENCIAS CON LA SOLICITUD: -entre nosotros para entendernos-
El derecho a la excedencia es entendida como un derecho innegable e inaplazable, por lo que una vez recibida la solicitudno se puede impedir ni limitar su ejercicio, teniendo que proceder a su concesión, debiendo regirse en todo caso la actuación de ambas partes por el principio de la buena fe.
En los dos casos mencionados, ha lugar a la reserva del puesto de trabajo, al menos, durante dos años; sin embargo, pasado ese periodo de tiempo el derecho al reingreso deberá ejercerse respecto de un puesto de la misma localidad e igual retribución.
Transcurrido el período de dos años el funcionario pierde su derecho a la reserva de plaza y puesto, y aunque tenga derecho a otro en la misma localidad, con el mismo nivel y con idéntica retribución, ello no significa que el nuevo puesto asignado tenga que serlo con carácter definitivo, ya que es conforme a Derecho que el reingreso se haya producido mediante la adscripción provisional
El funcionario debe solicitar el reingreso antes de la finalización del periodo de excedencia, si se produjera un retraso en la reincorporación por causa de la Administraciónel funcionario tiene derecho a percibir las retribuciones correspondientes al período de tiempo transcurrido desde que se debió producir la incorporación y el momento efectivo de la misma.

viernes, 16 de junio de 2017

INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPITALIZACIÓN

PERMISO POR INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPITALIZACIÓN DE UN FAMILIAR QUE PRECISE REPOSO:

Necesario, destacar resaltar y subrayar que el PERSONAL FUNCIONARIO sigue sin poder acogerse a este permiso retribuido, ya que naide ha tenido tiempo de corregir el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP); y en muchas administraciones nos encontramos discriminados frente al personal laboral que si puede disfrutarlo.
Sobre esta cuestión de diferencia de trato, ya lo hemos recogido en este blog, así como la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril recomendaba dicha subsanación:
RECOMENDACIÓN
“Incluir expresamente en el texto del artículo 48 a) del Estatuto Básico del Empleado Público el permiso por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización de familiares y parientes que precise reposo domiciliario, con las precisiones que se estimen pertinentes, de manera favorable y acorde con la conciliación de la vida familiar y laboral”.

PERSONAL LABORAL: -Interpretación por la Audiencia Nacional (sentencia de 11 de mayo de 2017
La esencia o fin principal del reposo domiciliario, le relacionamos directamente con dos elementos: 
1º.- Relacionado directamente con la intervención quirúrgica sufrida por el familiar, y se le exime de actividad laboral y el reposo implica que descanse en casa (exime de tarea habituales del domicilio) y que no realice actividades básicas como limpiar, cocinar etc. o cualquier otra que pudiera perjudicar su recuperación o alargar en el tiempo.
2º.- Completando al reposo domiciliario es necesario que el paciente cuente con la atención o asistencia de terceros, en este caso del trabajador, siendo esa la razón de ser del permiso retribuido. 
En el asunto objeto del juicio se ceñía a que el texto del Convenio recogía la expresión "atención posterior continuada del trabajador" en lugar de reposo domiciliario; y es entendible que cuando se habla de reposo domiciliario comporta e implica una atención continuada del paciente ya que de lo contrario no se prescribiría un reposo domiciliario. Finalmente señalar, que hablar de actuaciones fraudulentas sería excepciones o situaciones particulares que exigen la debida prueba. 
Importante en esta clase de permiso distinguir siempre el "alta hospitalaria" frente al "alta médica"