UGT Ayuntamiento Palencia

Por Lorenzo J. Leiro Argüelles

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jueves, 11 de febrero de 2016

PLANES DE IGUALDAD EN EL AYUNTAMIENTO DE PALENCIA

NO QUEREMOS PROTAGONISMO... ¡QUEREMOS UN PLAN!


La presente entrada que escribimos en orden inverso al sentir cronológico se redacta sin ninguna intención de dañar a nadie ni siquiera ambicionamos el colgarnos medallas, méritos o recompensas sino simplemente y como indicó la Concejala de Igualdad, subrayar que desde UGT apostamos y trabajamos duro por la Igualdad, consideramos fundamental que en el seno del Ayuntamiento se elabore (entre todos) un Plan de Igualdad. 


Repitiendo las palabras de la propia Concejala de Igualdad, siempre nos hemos mostrado reivindicativos y especialmente sensibles en materia de políticas de Igualdad, y necesario incidir en cumplir con la ley orgánica y elaborar un Plan en materia de igualdad. 

Por último, sentimos que las prisas por el titular y porque los periodistas y cronistas amancebados en la nómina municipal hayan dado y atribuido protagonismos a quien simplemente se ve arrastrado en este tema, que incluso, con alegría nos mencionó que el alcalde le había exonerado del tributo de gestar y trabajar por un Plan de Igualdad. 
 
Desde la UGT, dar las gracias al apoyo fundamental que nos están brindando desde nuestra Ejecutiva Regional tanto con la responsable de igualdad, la compañera Fonsi como con el secretario de Acción Sindical el compañero Tomás Urueña. El Ayuntamiento ha abierto la puerta para materializar y cumplir con una exigencia legal, y materializar un compromiso de conseguir entre todos tener un Ayuntamiento comprometido con la igualdad, que combata la discriminación y que fije objetivos que nos permitan ser modelo y referente ante cualquier Empresa que se relacione con el Ayuntamiento; y en estos compromisos y con estos objetivos, la UGT estará aportando, trabajando y luchando por conseguirlo.


Y EN FEBRERO DE 2016, 

¡¡DIJIMOS!!


EL AYUNTAMIENTO CONSTITUYE SU COMISIÓN DE 


IGUALDAD PARA EMPLEADOS MUNICIPALES:



El Ayuntamiento de Palencia  constituyó ayer, a propuesta del concejal de Personal, David Vázquez, y con la colaboración del Área de Mujer, encabezada por María Álvarez, la Comisión de Igualdad, que tiene como objetivo «la elaboración de un plan para consolidar y garantizar la igualdad real de los trabajadores municipales», indicó Vázquez. Además de cumplimiento al mandato de la Ley Orgánica de 3/2007 y el Estatuto Básico del Trabajador.
Para lograr ese fin, este nuevo órgano, que está conformado por todos los Grupos Políticos con representación municipal así como por las secciones sindicales, se ha planteado un cronograma de trabajo compuesto por cinco fases. 
«La primera será la realización de un diagnóstico de la situación actual, mediante la recogida de información y el análisis de la misma. Posteriormente se diseñarán las medidas del plan de acción. Se procederá a su implantación y finalmente se evaluará, revisándose cuando se considere necesario», indicó el edil de Personal.
Con todo ello desde el equipo de Gobierno se quiere garantizar la igualdad en el acceso al empleo, promoción profesional y materia retributiva, la prevención del acoso sexual y cualquier atentado contra la dignidad de los trabajadores y el fomento de la conciliación de la vida familiar y laboral, además de la intervención en el supuesto caso de que se detecte algún caso de violencia de género.
«Consideramos que llevar a cabo este plan es necesario para asegurar la igualdad entre hombres y mujeres, lo cual redunda de forma clave en el desempeño en condiciones óptimas de las tareas municipales, y, por consiguiente, en el servicio que se presta a los ciudadanos», aseveró David Vázquez.

EN OCTUBRE, DIJIMOS:

Ante la excesiva dejadez de la corporación saliente de las elecciones de mayo de 2015, decidimos desde la Sección sindical de UGT, y con el apoyo y el esfuerzo de los compañeros de la Federación a nivel regional, dar un impulso y forzar movimientos que llevasen a la elaboración de un Plan de Igualdad en el Ayuntamiento de Palencia.

Mandamos escrito al Alcalde del Ayuntamiento (octubre de 2015), que enseguida nos convocó a una reunión,  junto a la Concejala de Igualdad y al Concejal de Personal fueron muy receptivos a la propuesta, pero conociéndoles y aunque no pecamos de pesimistas, eramos conscientes de dos verdades, la primera que a ellos les preocupaba el ser protagonistas en solitario en la foto, y la segunda que tardarían en convocar e iniciar los trámites para la negociación, elaboración y aprobación de un Plan de Igualdad en el Ayuntamiento de Palencia. 
En este segundo punto nos confundimos sólo han tardado  ¡¡¡CUATRO MESES!!!
EN MAYO DE 2015, 

decíamos: 

UGT EXIGE AL 


AYUNTAMIENTO Y A LA 


DIPUTACIÓN UN PLAN DE IGUALDAD COMO 


MARCA LA LEY


FSP-UGT ha presentado sendos escritos en el Ayuntamiento de Palencia y en la Diputación Provincial para exigir la elaboración de un Plan de Igualdad y que cumplan así con la legislación vigente.

La secretaria provincial de FSP-UGT, María de Rozas, recordó que las Administraciones Públicas con más de 250 trabajadores tienen la obligación de elaborar estos planes.

El objetivo de este Plan es conocer las necesidades de la plantilla que compone la Institución. Para ello es necesario también la creación de una Comisión en la que se analicen estos datos.

Por su parte, la secretaria de Igualdad de la FSP-UGT en Castilla y León, Fonsi Bonafonte, llamó la atención sobre que la Administración Pública infrinja esta normativa y destacó que desde el sindicato se exige también un protocolo de acoso sexual tanto en el Ayuntamiento capitalino como en la Diputación.
«No se trata de desarrollar las medidas que dice la Ley, sino de mejorarlas», añadió Bonafonte, quien recordó que «se está dando un suicidio colectivo por falta de políticas públicas para la conciliación que provoca  retrasar la maternidad, tener menos hijos de los deseados e incluso no tenerlos para poder desarrollar la carrera profesional».

Por su parte, Tomás Pérez, secretario de Política Sindical de FSP-UGT Castilla y León, se mostró muy crítico con el hecho de que sea la propia Administración la que no cumpla con la legislación. «Es una contradicción», aseveró y, de hecho, «la mayoría de los sindicatos no tienen este Plan».
Al respecto, hizo hincapié también en la femenización y masculinización de los trabajos. «Los trabajos no tienen sexo y la igualdad está también ahí», destacó.



Por su parte, el representante de UGT en el Ayuntamiento de Palencia, Lorenzo Leiro, aseguró que es necesario este plan de igualdad «pero no solo para la integración por igual de hombres y mujeres, también por otras condiciones como la discapacidad o por cuestiones de edad».
Además, apostó por que no sea solo una apuesta de la Administración, «sino que afecte también a las concesionarias de los servicios», añadió.
En definitiva, FSP-UGT reclamó 
«la igualdad como principio básico e incluirlo en los objetivos  de sus políticas».
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viernes, 5 de febrero de 2016

BOMBEROS Y ADMINISTRATIVOS: Promoción interna


PROMOCIÓN INTERNA 

BOMBEROS Y ADMINISTRATIVOS: 


Cuarenta y siete de los 55 bomberos del Parque suben de categoría laboral

diariopalentino.es - viernes, 5 de febrero de 2016



En uno de los procesos de promoción interna más importantes que se han realizado en el Ayuntamiento durante los últimos años, 47 de los 55 bomberos del Parque capitalino han subido de categoría laboral tras completar tres procesos de concurso-oposición: cabo especialista (7), bombero-conductor especialista (22) y bombero especialista (17).

En la práctica, pasarán de nivel C2 a C1, y aunque eso no supone un incremento económico en sus nóminas, sí es un espaldarazo en cuanto al reconocimiento formal de la labor que realizan y la preparación que atesoran.

El Ayuntamiento ofreció a los bomberos, que en este asunto han ido de la mano de los sindicatos, la posibilidad de acceder a este reconocimiento profesional mediante esos procesos de promoción interna. El paso de C2 a C1 es una aspiración de estos profesionales, que sufren que Castilla y León no tenga una Ley del Fuego que les reconozca el nivel C1.


Para ascender, han tenido que completar un curso de formación, preparado por el propio Parque de Bomberos y la Sección de Régimen Interior del Consistorio, y que ha estado asistido por el secretario general de este, Carlos Aizpuru; y por el jefe del Servicio de Extinción, Miguel Ángel Extremo. Después, se tuvieron que enfrentar a un examen.

Desde la Sección Sindical de UGT en el Ayuntamiento de Palencia, Lorenzo Leiro ha destacado que «esta promoción interna es fruto del esfuerzo compartido y apoyado por todas las organizaciones sindicales».
«Somos pioneros en toda Castilla y León ya que en ningún otro parque aún han podido consolidar esta situación», asevera Leiro, que anima al equipo de Gobierno a «seguir avanzando en el resto de puestos de trabajo de promoción interna y  agilizar con la ayuda de todos». Cabe destacar que además de los bomberos, han visto reconocidas sus categorías 12 auxiliares administrativos que han promocionado a administrativos.
  • ACCESO A LA NOTA DE PRENSA, accede sobre el siguiente enlace
La noticia también se ha publicado en el NORTE DE CASTILLA (imagen de la derecha)


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miércoles, 3 de febrero de 2016

UGT CON FUTURO, UGT PARA EL FUTURO

ANTE EL 42 CONGRESO DE LA UGT: 
 Todo gran camino empieza con un paso.


El próximo Congreso Confederal de la UGT, ya contamos por días los que faltan para su celebración, en este blog traeremos información sobre los candidatos postulados a suceder a Cándido (que es importante) pero para los que estamos en la labor de picar piedra a diario, y que no asistiremos echamos en falta que no llegue más información a las bases sobre lo que se está "cocinando" y poder conocer la UGT que se está construyendo de cara al futuro, el modelo de sindicato sobre el que se está trabajando y la continuidad más necesaria que nunca a los inicios transformadores en nuestra organización. 

En mayo de 2015, Cándido dió un paso, iniciando un camino que no puede tener retorno que era necesario y obligado  y ahora se debe seguir avanzando y consolidando el proceso de reunificación de federaciones, asignación de competencias en los ámbitos territoriales de tal forma que lleven a nuestro Sindicato a seguir siendo el referente, protagonista y representante de la clase trabajadora de siempre y de las nuevas clases trabajadoras. 

El mensaje que nos ha llegado a los tajos de provincia es que se apuesta por la austeridad, por la acción sindical directa y presencial emanada desde las Secciones Sindicales, y una estrategia sindical que debe mirar a los colectivos reticentes hasta ahora para implicarse en el sindicalismo como son los jóvenes, que estaban escasamente motivados para implicarse en el sindicalismo, ya que no encontraban ningún argumento para dar el paso; y un sindicato que debe mirar hacia los trabajadores técnicos a los altamente cualificados, a los nuevos empleos y a los nuevos trabajadores. 

En la entrada de hoy, nos hacemos  eco de dos entrevistas publicadas en la prensa escrita en estos días; muchos de nosotros sólo sabemos de los candidatos y de lo que se cocina en el sindicato por lo que se publiquen en los medios de comunicación, (que no será mucho) ya que no estamos llamados a participar en los Congresos, Comités, Asambleas etc. 

CANDIDATO 

  • entrevista a MIGUEL A. CILLEROS:

"Sin la labor de los sindicatos durante estos años de crisis, el daño producido a los trabajadores hubiera sido mucho mayor"

EL CANDIDATO

ENLACE ENTREVISTA PINCHA

  • entrevista a   GUSTAVO SANTANA: 
"el candidato rebelde que aspira a liderar UGT" 
Periódico El MUNDO 


ENLACE A LA ENTREVISTA (pincha enlace)








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lunes, 1 de febrero de 2016

SENTENCIAS: ¿PÚBLICAS O PUBLICADAS?


SENTENCIAS: ¿Públicas o publicadas?

Vivimos tiempos nuevos, ahora la palabra clave es  "TRANSPARENCIA";  los expedientes administrativos, los procedimientos de contratación o las retribuciones de políticos de turno queda expuesto a su aireación en la plaza del pueblo. 

Predicamos y exigimos transparencia a nuestros gobiernos, políticos y cargos electos pero nos preguntamos si también se lo exigimos al poder judicial en su actuación diaria, la respuesta es rápida. Nuestra Constitución en su artículo 120 recoge claramente que las actuaciones judiciales serán públicas y que las sentencias se pronunciarán en audiencia pública.
Ahora, compañero te invito a que cojas alguna de las sentencias que tienes en la mesa de trabajo, y recuerda y comprueba que al final de cada sentencia se nos notifica  expresamente que ha sido leída en audiencia pública,  dando fe el secretario judicial. Ya ni lo lees cuando te llega a tus manos una sentencia y además eres consciente que esa coletilla de " leída en audiencia pública" es casi siempre una falsedad o una formula sacra dentro de la solemnidad. 

Entonces...  ¿son realmente públicas las sentencias?
La publicidad de las sentencias garantizan la independencia de los tribunales y que su actuación es ajustada a Derecho, y garantiza su ejecución o cumplimiento en tanto que es conocido por los ciudadanos y los poderes públicos. 

La publicidad de las sentencias constituye un instrumento de garantía de la independencia de los tribunales y de su actuación conforme a Derecho, por cuanto estos principios se refuerzan mediante el conocimiento de la actuación de los tribunales por los ciudadanos, y debe considerarse estrechamente ligada a la protección de los derechos fundamentales inherentes al ejercicio de la potestad jurisdiccional por los jueces y tribunales (STS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) núm. 1191/2008, de 22 de diciembre).

Preceptos sobre la publicidad de las resoluciones judiciales.
El Título VI de la CE "del poder judicial", en su  artículo 120  establece:

    1. Las actuaciones judiciales serán públicas, con las excepciones que prevean las leyes de procedimiento.
    2. El procedimiento será predominantemente oral, sobre todo en materia criminal.
    3. Las sentencias serán siempre motivadas y se pronunciarán en audiencia pública.


La Ley Orgánica del Poder Judicial, igualmente, en su articulado recoge los principios de la transparencia y del control judicial, 
Igualmente, la LOPJ también recoge en su articulado estos valores de transparencia y control judicial, al conceder el acceso a las sentencias y expedientes judiciales. 

art. 235 LOPJ establece lo siguiente: (atentos a las novedades introducidas por la Ley 7/2015 de 21 de julio 
Artículo 235.
Los interesados tendrán acceso a los libros, archivos y registros judiciales que no tengan carácter reservado, mediante las formas de exhibición, testimonio o certificación que establezca la ley.
Artículo 235 bis. - Texto añadido  por art. único.35 de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio. 
Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 236 quinquies y de las restricciones que, en su caso, pudieran establecerse en las leyes procesales, el acceso al texto de las sentencias, o a determinados extremos de las mismas, o a otras resoluciones dictadas en el seno del proceso, sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
En todo caso se adoptarán las medidas necesarias para evitar que las sentencias y el resto de resoluciones dictadas en el seno del proceso puedan ser usadas con fines contrarios a las leyes.
Artículo 235 ter. Se añade por art. único de la Ley Orgánica 10/2015, de 10 de septiembre.
1. Es público el acceso a los datos personales contenidos en los fallos de las sentencias firmes condenatorias, cuando se hubieren dictado en virtud de los delitos previstos en los siguientes artículos:
a) Los artículos 305, 305 bis y 306 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
b) Los artículos 257 y 258 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, cuando el acreedor defraudado hubiese sido la Hacienda Pública.
c) El artículo 2 de la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del Contrabando, siempre que exista un perjuicio para la Hacienda Pública estatal o de la Unión Europea.
2. En los casos previstos en el apartado anterior, el Secretario Judicial, emitirá certificado en el que se harán constar los siguientes datos:
a) Los que permitan la identificación del proceso judicial.
b) Nombre y apellidos o denominación social del condenado y, en su caso, del responsable civil.
c) Delito por el que se le hubiera condenado.
d) Las penas impuestas.
e) La cuantía correspondiente al perjuicio causado a la Hacienda Pública por todos los conceptos, según lo establecido en la sentencia.
Mediante diligencia de ordenación el Secretario Judicial ordenará su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
3. Lo dispuesto en este artículo no será de aplicación en el caso de que el condenado o, en su caso, el responsable civil, hubiera satisfecho o consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones del órgano judicial competente la totalidad de la cuantía correspondiente al perjuicio causado a la Hacienda Pública por todos los conceptos, con anterioridad a la firmeza de la sentencia.
Artículo 266 Ley Orgánica del Poder Judicial 
1. Las sentencias, una vez extendidas y firmadas por el juez o por todos los Magistrados que las hubieren dictado, serán depositadas en la Oficina judicial y se permitirá a cualquier interesado el acceso al texto de las mismas.
El acceso al texto de las sentencias, o a determinados extremos de las mismas, podrá quedar restringido cuando el mismo pudiera afectar al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda, así como, con carácter general, para evitar que las sentencias puedan ser usadas con fines contrarios a las leyes.
2. Los secretarios pondrán en los autos certificación literal de la sentencia.
Sobre la importancia del párrafo segundo del artículo anterior, cabe señalar que el conflicto puede surgir cuando alguien puede entender vulnerado su derecho a la intimidad, al honor y la dignidad, no obstante, a pesar de su importancia, en nuestra actividad sindical y en particular en la esfera donde lo ejercemos como es la Administración difícilmente nos encontraremos ante estos supuestos, y en todo caso siempre prudencia. 

Consideramos más práctico, que estudiemos el derecho que ostenta el que ha sido parte en el proceso y si  ese derecho incluye el de información y difusión del pronunciamiento judicial. Sobre esta cuestión nosotros siempre nos decantamos por el derecho a la información, ya que entendemos que la publicidad solo debe ser limitada conforme a lo establecido por ley o cuando implique un menoscabo de un derecho fundamental, de un bien constitucionalmente protegido, o que la divulgación de datos de carácter privado recogidos en al sentencia pueda afectar a la privacidad, siempre que dicha difusión exceda del derecho a la información  (STS núm. 1191/2008, de 22 de diciembre).

Hasta este punto, todos  parece fácil, al amparo de nuestra Carta Magna y de la Ley Orgánica del Poder Judicial, nos habla de la transparencia de la actuación judicial que culmina con la publicidad pero no podemos olvidarnos de una norma que particularmente, nos ocasiona una cierta acidez de estómago como es la Ley Orgánica de Protección de Datos; y la Ley de Protección al Honor 
Siempre entramos en conflicto con las citadas normas, porque no entendemos ni compartamos en este caso como en otros muchos que un órgano adminisitrativo interpreta y restringe derechos de más alto nivel fijado por la propia Constitución.  Como todo hay que atemperar y suavizar, y compartimos plenamente el criterio que establece el Tribunal Supremo en la sentencia 1191/2008 donde afirma:
«Cuando la publicación de una resolución judicial puede afectar al honor de la persona que ha obtenido un resultado desfavorable en el proceso, es necesario determinar si concurre la excepción que la LPDH establece en el sentido de considerar inexistente la vulneración del ámbito protegido por este derecho cuando es producto del ejercicio de un derecho reconocido por el ordenamiento jurídico (art. 2.2 LPDH: «no se apreciará la existencia de intromisión ilegítima en el ámbito protegido cuando estuviere expresamente autorizada por ley»).
El contraste entre el derecho al honor y el derecho a dar a conocer el contenido de la sentencia, que resulta del principio de publicidad, debe dar lugar a una ponderación en la que se tenga en cuenta, en primer lugar, el cumplimiento de los fines institucionales que el principio de publicidad persigue. Este aspecto, a su vez, exige tomar en consideración la forma en que la publicación se ha producido, teniendo en cuenta si se trata de una comunicación neutral del contenido de la sentencia o si se añaden o restan elementos que sean susceptibles de desvirtuar el conocimiento objetivo de lo resuelto por el tribunal para convertir la publicación del fallo en un procedimiento apto para menoscabar el honor de la persona afectada, más allá de lo que implica objetivamente en el terreno de la reputación el fracaso de una acción u oposición mantenida ante los tribunales de justicia.» 
Es decir, la publicación del contenido de una sentencia per se no supone la infracción de la privacidad de las personas ni ocasiona automáticamente una vulneración del derecho al honor de quien estuviera implicado en el proceso. Así, traemos a colación esta sentencia porque en ella, haciendo referencia a otras del propio Tribunal Supremo, se establecen los criterios que hay que tener en cuenta para valorar si ha tenido lugar o no una conducta que sea susceptible de reproche y, en definitiva, hay que estar siempre al caso concreto.
El especial interés que tiene una persona determinada en la sentencia es el elemento determinante que utiliza el Tribunal Supremo para concluir que prevalece el derecho a informar sobre el derecho a la intimidad, dignidad y honor en el caso mencionado. Así, a la hora de ponderar los intereses en conflicto hay que estar al legítimo interés que ostenta quien comunica la resolución judicial: 
«(…) es necesario ponderar, en atención a las circunstancias concurrentes (v. gr., STS 16 de octubre de 2008 ( RJ 2008, 5699) , rec. 73/2003 ), el interés legítimo de quien comunica una resolución judicial (v. gr., STS 28 de julio de 1995 ( RJ 1995, 5737) , rec. 1321/1992 ), que puede consistir en el interés del que obtiene un resultado favorable en un pleito para hacer conocer su resultado a sus allegados y a quienes pueden tener relación con el objeto del pleito,
Es necesario señalar y parece obvio que está especial protección que menoscaba o aminora el derecho constitucional a la información sobe todo cuando hablamos de temas penales y algo menos en el resto de ramas del derecho. 


Es necesario distinguir por una parte aquellos que ostentan la condición de ser parte o interesado en el procedimiento que  son los únicos que pueden tener  acceso a las actuaciones, autos, libros y demás, del público general que sólo tendría conocimiento a través de la publicidad de las actuaciones (art. 117 Ce, 232 LOPJ) o de la publicación oficial de las sentencias cuando sea procedente o difusión pública de las mismas.

Para completar un poco estas notas, es necesario mencionar el  Acuerdo de 15 de septiembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, trata entre, otras cuestiones, la regulación de la difusión de las sentencias y establece lo siguiente:

Artículo 7.
Con el objeto de asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107.10 de la LOPJ, en lo que se refiere a la publicación oficial de las sentencias y otras resoluciones del Tribunal Supremo y del resto de órganos judiciales, para velar por su integridad, autenticidad y acceso, así como para asegurar el cumplimiento de la legislación en materia de protección de datos personales, todos los Juzgados y Tribunales, bajo la supervisión de sus titulares o Presidentes, o de alguno de los Magistrados en quienes aquellos deleguen a estos efectos, procederán a remitir al Consejo General del Poder Judicial, a través del Centro de Documentación Judicial y con la periodicidad que se establezca, copia de todas las sentencias, así como de otras resoluciones que puedan resultar de interés, que hayan sido dictadas por el respectivo órgano judicial.

En el tratamiento y difusión de las resoluciones judiciales se cumplirá lo dispuesto en la legislación en materia de protección de datos personales y en los artículos 234 y 266 de la LOPJ.

Salvo lo dispuesto en los artículos 234 y 266 de la LOPJ, no se facilitarán por los órganos jurisdiccionales copias de las resoluciones judiciales a los fines de difusión pública regulados en el presente artículo, sin perjuicio del derecho a acceder en las condiciones que se establezcan, a la información jurídica de que disponga el Centro de Documentación Judicial del Consejo General del Poder Judicial. Todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a los Gabinetes de Comunicación del Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia, previstas en el Reglamento de los Órganos de Gobierno de Tribunales.


Por tanto, las sentencias, al margen del acceso de las partes, no se hacen públicas por parte de los juzgados y tribunales sino es a través del CENDOJ. 

Es en este punto, coincide la protección de datos de carácter personal, ya que tanto la difusión la realiza en CENDOJ como cualquier parte que por su actuación haya tenido conocimiento de la sentencia, su difusión a terceros significa que está realizando una “cesión o comunicación de datos”, prohibidas por la Ley  Orgánica 15/1999 (art. 3i), salvo que se obtenga el consentimiento expreso del interesado o salvo determinados supuestos (autorización mediante ley, fuentes accesibles al público, existencia de una relación jurídica libre y legítimamente aceptada,…).

Las sentencias no pueden considerarse una fuente pública de información, porque sólo lo serían las actuaciones y con las mismas limitaciones para la difusión de datos de carácter personal. 

CONCLUSIÓN
Querido compañero, cuando vayas a colgar sentencias en la web o a reenviar en correos globales etc, es obligatorio eliminar los datos personales, esto es, cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables (art. 3ª LOPD).
Compañero, ya sabes lo que te toca coger rotuladores negros, el olvidado typex etc, y a tachar, sombrear etc. TODOS LOS DATOS PERSONALES 




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jueves, 28 de enero de 2016

EL DIÁLOGO SOCIAL EN CASTILLA Y LEÓN

DIARIO PALENTINO

El Plan de Empleo Local pone coto a los contratos precarios: serán de seis meses y a jornada completa

Durante los últimos años, algunos ayuntamientos con el ánimo de dar trabajo a un mayor número de desempleados de su municipio, hacían contratos a media jornada y así el dinero del Plan de Empleo Local llegaba al doble de personas. Sin embargo, se daba la circunstancia de que al final los sueldos eran ínfimos y cuando terminaba el contrato no habían generado derechos para cobrar el subsidio de paro, por lo que volvían a tener problemas. Eso se acabó. El nuevo plan aprobado ayer por la Mesa del Diálogo Social pone coto a estas prácticas y establece la obligatoriedad de que los contratos tengan al menos una duración de 180 días (seis meses)a jornada completa con las condiciones del convenio de cada entidad local. «Una apuesta por la calidad», como resaltó el presidente de la Junta, Juan Vicente Herrera.
El Plan de Empleo Local recoge medidas que ascienden a 40 millones de euros, con un crecimiento del 33 por ciento en relación con los 30 millones asignados en 2015. En este sentido, Herrera destacó que pretende promover un importante número de empleos para realizar obras y servicios por parte de las entidades locales que contribuyan al desarrollo económico del territorio.
El presidente de la Junta anunció mejoras sustanciales de este plan, con la pretensión de favorecer un empleo de mayor calidad y de apoyar de manera más eficaz a colectivos y sectores específicos. Además de los tiempo completo y con una duración mínima de seis meses, se realizarán convocatorias independientes para distintos colectivos, entre los que destacan: perceptores de Renta Garantizada de Ciudadanía (diez millones de euros), trabajadores de los sectores turístico y forestal (diez millones de euros), personas con discapacidad (cinco millones de euros) y trabajadores de los municipios mineros (2,4 millones de euros).
El plan de empleo local se enmarca dentro de una estrategia anual que para 2016 prevé destinar inicialmente 140 millones de euros en el conjunto de políticas activas este año, frente a los 124,5 del año anterior, y a los 60 del primer ejercicio en que se puso en marcha, en 2012.
El presidente de la Junta constató que dentro del conjunto de medidas puestas en marcha en 2016 se incluye de forma específica un Plan de Empleo Joven que está dotado con 36,3 millones de euros, lo que supone un incremento del 21 por ciento respecto a 2015. Esta dotación incluye los fondos del Programa Operativo de Empleo Juvenil, con 14,2 millones, previsto para jóvenes de hasta 30 años, que, como novedad, se completarán con fondos autónomos para cubrir la franja entre 30 y 35 años.
Herrera también constató que el Plan de Empleo para 2016 mantiene el Programa Personal de Integración y Empleo (PIE), dirigido a la reinserción laboral de los desempleados, mediante acciones de orientación y Formación Profesional y la percepción de 426 euros mensuales, para lo que se contemplan 7,5 millones de euros. Como novedad, comentó Herrera, se incluye el compromiso asumido en la Investidura de extender dicha ayuda de 426 euros a los autónomos que, habiendo cotizado por desempleo, hubieran agotado las prestaciones.
FP. El plan de formación profesional busca «mejorar el ajuste entre las necesidades de personal cualificado de los sectores productivos y la oferta de Formación Profesional», así como la conexión entre los centros de formación y las empresas a través del desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual y de acciones de formación conjuntas. Se impulsará también la puesta en marcha de nuevas ofertas formativas para personas adultas desempleadas y ocupadas, fomentando la formación profesional a distancia y los procedimientos de acreditación de competencias profesionales adquiridas mediante experiencia laboral o vías no formales de formación.

DIARIO BURGOS: 

El Diálogo Social "araña" 100 millones más para impulsar el empleo regional



Castilla y León, tierra de pactos. La Junta y los agentes sociales (sindicatos y patronal)sellaron ayer un nuevo acuerdo en el marco de la Mesa de Diálogo Social, el de mayor cuantía económica de los quince años de su trayectoria donde se concretan las líneas generales de políticas de empleo hasta 2020 con un compromiso de destinar 700 millones, cien más de los anunciados por el presidente autonómico, Juan Vicente Herrera en su investidura. A ellos hay su sumar los 69 millones previstos para dotar este año la Renta Garantizada de Ciudadanía que sufre su tercera reforma para eliminar trabas y otros 24 millones más, sólo en 2016 y con compromiso de permanencia en el tiempo para potenciar las políticas de alquiler y de rehabilitación de vivienda en la Comunidad. 

«El Diálogo Social sigue funcionando en Castilla y León y contribuye a resolver los problemas de las personas más desfavorecidas», destacó el presidente de la Junta, Juan Vicente Herrera, que destacó las dos grandes prioridades que enmarcan el acuerdo firmado ayer: la apuesta por el empleo de calidad y la protección y ayuda a los colectivos más vulnerables y desfavorecidos. 
El máximo responsable del Ejecutivo regional se detuvo para recordar la evolución que han tenido los fondos propios de la Junta destinados a políticas de empleo, desde los 60 millones con los que arrancaron la pasada legislatura hasta los 124,5 con los que concluyó y el salto que da ahora hasta los 140 millones firmados para el presente ejercicio. 
Los agentes sociales coincidieron en señalar que la voluntad del ejecutivo autonómico de acordar políticas económicas y sociales no ha variado aunque los interlocutores regionales han cambiado. De hecho, ninguno de los consejeros que han participado en las negociaciones estaba hace un año en ese puesto y la dirección política del diálogo recae en la vicepresidenta y consejera de Empleo, Rosa Valdeón.
 Las valoraciones. El secretario general de CCOO en Castilla y León, Ángel Hernández, remarcó que en un momento de «cierta incertidumbre» se ha demostrado el «arraigo» del Diálogo Social en las diferentes consejerías de la Junta, donde se ha mantenido por encima de las personas, tras las últimas elecciones. El dirigente de CCOO incidió en que «queda demostrado» que su «foco de atención» está en los trabajadores desempleados y en los que se encuentran en precario, los que peor lo están pasando y que pueden estar en esa situación durante «mucho tiempo».
Entre tanto, el máximo resonsable de UGT en la comunidad, Agustín Prieto, comentó en su caso que «golpe a golpe, acuerdo a acuerdo llevamos 13 años creyendo en el Diálogo Social» y se mostró «muy satisfecho» por los acuerdos, ya que en esta época de «desencuentros», dijo, constituyen un «ejemplo para el conjunto de España».
Prieto subrayó que en Castilla y León, el Diálogo Social tiene «contenido y dotación» presupuestaria, «líneas concretas para paliar la situación de las personas que lo están pasando mal». Aseveró que el objetivo es dar empleabilidad y calidad en los puestos de trabajo, impulsar la formación, reducir la siniestralidad, mejorar la conciliación, potenciar la paz social reduciendo la judicialización de los conflictos laborales, y proteger a los más desfavorecidos. 
Por su parte, Santiago Aparicio consideró la jornada «importante» y aseguró que con los acuerdos suscritos ayer tienen «los deberes hechos», aunque seguirán adelante en sus negociaciones en favor de las empresas y los trabajadores de Castilla y León. Aparicio recordó que la firma, fruto de su esfuerzo, trabajo y dedicación, se produce en un contexto diferente, con un nuevo escenario parlamentario, con diferentes miembros en el Gobierno regional, y con unas relaciones bilaterales con los sindicatos.
El dirigente patronal insistió en el compromiso del Diálogo Social con aquellas personas que lo están pasando mal, con los trabajadores y con la competitividad empresarial. 
Publicado por ugtayuntamientopalencia en 17:00 No hay comentarios:
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