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viernes, 11 de septiembre de 2015

RECUPERANDO DERECHOS:

 
RECUPERANDO NUESTROS DERECHOS:

La prensa de hoy, ya se hace eco del contenido que la respetada banda del Rajoy y amigos aprueban hoy en el Consejo de Ministros (11/09/15) y que abarca lo siguiente:

·  El Moscoso que queda pendiente para completar los 6 días de asuntos propios que contempla el EBEP, antes del hachazo del 2012 (RD 20/2012). Por tanto ya para el 2015 disfrutaremos en nuestro Ayuntamiento de 6 días de Asuntos Propios y los 2 de exceso de jornada, TOTAL 8 días.  

·  CANOSOS: Recuperación íntegra del artículo 48.2 del EBEP, días en función de la antigüedad pro cumplimiento de trienios. 
·                                                  18 años  ...... 2 días más
·                                                  24 años ....... 3 días más
·                                                  27 años ....... 4 días más
·                                                  30 años ....... 5 días más
·                                                  33 años ....... 6 días más
·                                                  36 años ....... 7 días más
·                                                  39 años ....... 8 días más
·  DÍAS AÑADIDOS A VACACIONES:  por antigüedad ( artículo 53/2002) 
En el supuesto de haber completado los años de antigüedad en la Administración que se indican tendrá derecho al disfrute de los siguientes días de vacaciones anuales:
      • 15 años .... 23 días 
      • 20 años .... 24 días
      • 25 años .... 25 días 
      • 30 años .... 26 días
Disfrute en el ejercicio 2015, los que reúnen los requisitos mencionados podrán disfrutar de hasta 4 días de vacaciones más, al entrar en vigor esta medida con carácter inmediato a la publicación del Decreto. 

·     PAGA EXTRA 2012: Abono inmediato del 26,23% de la paga extra de diciembre del 2012. 
Se abonará en una nómina adicional probablemente en octubre. 
·     La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2016, establece también:
§    Abono del 49,73% de la paga extra pendiente,
§    Incremento de las retribuciones en un 1% para el 2016.

Todas estas medidas tienen el carácter básico e inmediato para la Administración del Estado, y en nuestro caso ante la excelente salud financiera de nuestro Ayuntamiento y sin olvidar que cuando se nos "robo" se hizo de forma inmediata y sin escuchar ni negociar a nadie... exigiremos su tramitación urgente y ágil.
¿ Y lo que falta, hasta cuándo?

LA DIGNIDAD ES EL SALARIO 



miércoles, 9 de septiembre de 2015

ESTUDIO MESAS DE NEGOCIACIÓN

ESTUDIO DE LAS MESAS DE NEGOCIACIÓN SEGÚN JURISPURDENCIA:


Consideraciones previas sobre las Mesas de Negociación que se regulan en los artículos 33 , 34 , 35 y 36 de la Ley 7/2007 LEBEP ; donde configuran distintas Mesas Generales de Negociación; [con diferentes ámbitos de actuación y con reglas de constitución igualmente diferenciadas]:

(I)                  Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas (art. 36.1), cuyo objeto son las materias legalmente negociables que resulten susceptibles de regulación estatal con carácter de norma básica (art. 36.2), lo que significa que su actuación se proyecta a materias comunes a todas las Administraciones públicas del Estado y que pueden afectar a cualquier clase de empleados públicos (esto es, sean o no funcionarios);


(II)              la Mesa General de Negociación para materias y condiciones comunes a personal funcionario, estatutario o laboral que ha de constituirse en la Administración General del Estado, en cada Comunidad Autónoma, en las ciudades de Ceuta y Melilla y en las Entidades Locales (artículo 36.3), lo que comporta que su espacio de actuación está limitado objetivamente a las materias comprendidas dentro las competencias de una sóla de esas Administraciones territoriales (estatal, autonómica, ciudades de Ceuta y Melilla, o local), pero subjetivamente comprende a todos sus empleados públicos; y


(III)            Mesa General de Negociación que ha de constituirse en la Administración General del Estado, en cada Comunidad Autónoma, en las ciudades de Ceuta y Melilla y en las Entidades Locales (artículo 34.1) con un ámbito de funcionamiento circunscrito a las materias relacionadas con las condiciones de trabajo comunes a los funcionarios de su ámbito (art. 34.3), lo que equivale a que materialmente están limitadas a una sóla Administración territorial y subjetivamente sólo pueden proyectar su actuación a los empleados públicos que sean funcionarios.

Ese diferente espacio de actuación que cada una de esas Mesas Generales tiene asignado se ve acompañado, como ya se ha adelantado, de unas reglas de constitución que son así mismo distintas; pues en todas ellas se regula la presencia de la representación de la Administración correspondiente y de los sindicatos que tienen la consideración legal de más representativos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11//1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, pero se diferencian en que, por:

  • La Mesa General antes enunciada como (II), se exige que la organización sindical haya obtenido en el ámbito de la Mesa el porcentaje de representantes que dispone el artículo 36.3. Consultar entrada anterior en este blog 
  • La Mesa que antes se mencionó como (III), se reconoce legitimación para estar presente en ella a "los sindicatos que hayan obtenido el 10 por 100 o más de los representantes en las elecciones para Delegados y Juntas de Personal, en las unidades electorales comprendidas en el ámbito específico de su constitución" (art. 33.1, párrafo segundo).

martes, 8 de septiembre de 2015

PALENCIA: MESAS DE NEGOCIACIÓN


Cuando los Dioses nos quieren castigar, escuchan nuestras plegarias" (When the gods wish to punish us, they listen to our prayers), dice Sir Robert Chiltern, el protagonista de "Un marido ideal" (An ideal husband), la obra de teatro que el gran escritor irlandés Oscar Wilde estrenó en 1899.
En esa frase me he basado para llamar "maldición de Oscar Wilde" a las inesperadas consecuencias adversas de que se cumplan nuestros deseos.
Un caso particular de esta maldición es la llamada "maldición del ganador" (winner´s curse), ejemplos de esta teoría hemos tenido alguno con la anterior concejala de personal y sus secuaces que incluso cuando ganaron alguna sentencia (dos a lo sumo contras las incontables casos perdidos)  ha tenido graves perjuicios para sus apadrinados y protegidos; a continuación estudiamos un caso más. 
Ahora, a tenor de la sentencia, la preocupante situación de los sindicatos profesionales que no podrán sentarse en las Mesas Generales de Negociación e imposible se hará poder encontrar argumentos en su defensa. 
MESAS DE NEGOCIACIÓN (II) 
NUEVA SENTENCIA DEL TSJ DE CASTILLA Y LEÓN 

Durante la legislatura anterior (superada, pero no olvidada), padecimos el embrujo y la conjura de los asesores poco doctos, de los consejeros más vagos que listos y de unos desleales amiguillos que llevaron por mal camino y orientaron fatal la responsable de personal. Sus malignas y conspiradoras intenciones les llevo a confabular incluso en contra de Acuerdos aprobados por una Mesa General de Negociación, donde, como recuerdas se votaba favorablemente un reglamento de las horas extras de policía. Entrada anterior en nuestro  blog Mesas generales vs. mesas sectoriales.

Recordamos que en primera instancia el Juzgado de lo Contenciosos de Palencia, sentenciaba a favor de la postura de nuestro sindicato que junto con CSIF y Comisiones Obreras habían votado favorablemente y cuya defensa fue asumida por Comisiones.(acceso sentencia)

Ahora, nos encontramos con la reciente Sentencia del TSJ de Castilla y León; sentencia que da la razón al sindicato profesional de la Policía Local. La sentencia impecable en su argumentación introduce un elemento nuevo y es que considera que debía ser objeto de negociación en la MESA GENERAL DE FUNCIONARIOS. 

Sobre la Mesa General de Negociación de Funcionarios, se reconoce a lo largo del texto de la misma que no existe ningún documento sobre su existencia ni Acta alguna. -curioso- y que su inexistencia supone una "manifiesta contravención de lo establecido en el artículo 34 del EBEP. curioso que los intelectuales y asesores cometan otro error más- 



CONCLUSIONES: 

Esta guerra la iniciaron unos asesores y consejeros de medio pelo que han vuelto a complicar la vida social y laboral de este Ayuntamiento; arrastrando a la ignominia a la concejala de personal y en definitiva complicando y debilitando profundamente a los sindicatos profesionales su papel dentro del Ayuntamiento, ya que ahora y a tenor de la sentencia no podrá sentarse en la Mesa General de Negociación. 



lunes, 7 de septiembre de 2015

DEVOLUCIONES ...DUDAS E INDECENCIAS


RECUPERANDO... 

En la última entrada del pasado jueves, ya adelantábamos y dábamos como cierto que el Consejo de Ministros del viernes 4 de septiembre aprobasen, lo tratado y negociado en las Mesas Generales de Negociación de las Administraciones Públicas, celebradas este verano.


IMPORTANTE: Esta recuperación por los empleados públicos del 26,23% de la paga extra "sustraída" del bolsillo del empleado público en diciembre del 2012, actualmente y con la redacción que se está dando, no es aplicable directamente a la Administración Local y Comunidades Autónomas; por lo que para tranquilidad de los compañeros se hará necesario iniciar trabajos en el seno de las Mesas de Negociación para poder hacerlo extensivo a todos los compañeros. 

¿CUÁL SON LOS SIGUIENTES TRÁMITES?

  • El Consejo de Ministros ha acordado solicitar a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión del dictamen con carácter urgente (antes del 11 de septiembre); respecto al Real Decreto Ley por el que se prevé conceder varios créditos extraordinarios y suplementos de crédito. 
  • El Consejo de Ministros del 11 de septiembre, y ante el informe anterior aprobarán el Real Decreto Ley. 
DETALLE DE LAS MEDIDAS QUE INCLUYE: 

  • Recuperación de un 26,23 por 100 adicional de la paga extraordinaria de los empleados públicos suspendida en diciembre de 2012. El importe de la recuperación de esta parte proporcional de la paga extraordinaria asciende a 252 millones de euros para la Administración General del Estado.
  • En los Presupuestos Generales para el 2016 se incluirá la recuperación del resto de la paga extra. (un 50% aproximadamente)


  • Se aprueba un día adicional de permiso por asuntos particulares, hasta un total de seis
  • Recuperación de la regulación de vacaciones de los empleados públicos previa a 2012. 

  • Además, se recuperan los días adicionales de vacaciones y de permiso por asuntos particulares vinculados a la antigüedad (canosos).

  • *No está aún claro si la recuperación de los AAPP. será de aplicación para este ejercicio 2015 o será de aplicación plena en el 2016. 



    ¿CUÁNTOS DÍAS RECUPERAMOS POR VACACIONES Y CANOSOS? 

    Si nos ceñimos a la nota de prensa de Moncloa  y no olvidamos del maltrecho EBEP, son:

    DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS ( artículo 48.2 EBEP): 

      • 18 años  ...... 2 días más
      • 24 años ....... 3 días más
      • 27 años ....... 4 días más
      • 30 años ....... 5 días más
      • 33 años ....... 6 días más
      • 36 años ....... 7 días más
      • 39 años ....... 8 días más
    DÍAS VACACIONES:  (recordar estos se hacían efectivos en el año siguiente a su perfeccionamiento).
      • 15 años .... 23 días 
      • 20 años .... 24 días
      • 25 años .... 25 días 
      • 30 años .... 26 días

    ¡¡ OJO !!:  
    • Todo lo anterior quedará sujeto a la redacción del citado Real Decreto Ley, y por tanto hay que estar pendiente de su redacción definitiva y publicación en el BOE correspondiente. 
    • La devolución económica y de derechos aprobada el pasado viernes por el Gobierno no tiene carácter de norma básica -como ocurrió con los recortes-, por lo que no obliga a todas las administraciones públicas y queda a expensas de las negociaciones en los ámbitos regional y local. 

    • Todos sufrimos las devastadoras consecuencias de la crisis y todos hemos contribuido con importantes sacrificios a su pago; algunos más o menos dependiendo de la estupidez y soberbia del correspondiente político local. 
    • Tras titulares de prensa, hemos tenido conocimiento que la  Comisión de Hacienda del Ayuntamiento de Palencia incluía en su reunión de agosto la tramitación de suplementos de crédito por importe de casi 254.000 euros para aplicar la medida gubernamental por la que los empleados públicos recuperarán un 25% de la paga extra de 2012.
    • Nos siguen preocupando otros derechos como: 
      • CREACIÓN DE EMPLEO, Y RECUPERAR EMPLEO PERDIDO
      • MUNICIPALIZAR SERVICIOS QUE NO FUNCIONAN
      • DERECHOS SOCIALES PERDIDOS 
      • FORMACIÓN EMPLEADOS PÚBLICOS 
      • FUNCIONARIZACIÓN
      • VALORACIÓN DE PUESTOS QUE NO LLEGA!



    MORALEJAS: 

    • En año de elecciones año de bienes.
    • No votes a Rajoy, consigamos BOTARLE de la Moncloa.




    viernes, 4 de septiembre de 2015

    ¡PAGA EXTRA: "LA TOCAMOS CON LOS DEDOS!

    Volver de vacaciones, y encontrar correos y noticias sobre las bondades previstas del gobierno de incompetentes con el funcionariado y que como sumos pontífices de la ficticia y falsa recuperación económica les permitirá retomar el papel de justo y protector padre, procediendo a devolvernos lo previamente sustraído. 
    Tanta soberbia de este gobierno con el agravante de que nos consideran idiotas votantes y desmemoriados, me ha producido graves dolencias estomacales, que me duraran hasta entrada las navidades y en el gobierno no volvamos a tener un cutre-opositor a nada. 

    LA DEVOLUCIÓN DE LA PAGA EXTRA 2012- "la tocamos con los dedos" 

    Además, los Presupuestos de 2016 ya recogen la devolución del 50% restante de la paga extraordinaria -el otro 25% se les abonó en la nómina de enero de 2015- a los empleados públicos a principios de año.
    El Gobierno podría aprobar la devolución a los funcionarios de otro 25% de la paga extraordinaria de las Navidades de 2012, en el Consejo de Ministros del 04 de septiembre.
    El ministro Montoro, ha manifestado durante su intervención ante el Congreso para defender la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2016, ante las enmiendas a la totalidad presentadas por todos los grupos políticos con la excepción de los amigos del UPN. 
    La intención del Gobierno es que, en los primeros consejos de ministros después de este debate, se arbitre la fórmula legal para pagar otro cuarto de la paga extraordinaria”, ha indicado Montoro, sin precisar nada más. (el pasado viernes 28 ya se celebró el primer Consejo de ministros).
    El secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Beteta, ya indicó que la habilitación de crédito para afrontar este pago se produciría en septiembre u octubre, con un coste de 274 millones para el Estado y de 1.281 millones para el conjunto de las administraciones.
    En enero, el resto: 50% de la paga.
    Dicha medida tendrá un coste total de 2.562 millones de euros --547 millones sólo al Estado-- y será “básica potestativa”, es decir, que las comunidades y los ayuntamientos podrán aplicarla o no "según sus planes de ajuste y conforme proceda en la negociación con sus centrales sindicales”.
    Junto con la devolución de lo que faltaba de la paga extraordinaria de Navidad, los Presupuestos del año que viene recogen también un incremento retributivo del 1%, la recuperación de los 'moscosos' y los 'canosos' -días de asuntos propios- que se habían eliminado en 2012, y una mayor tasa de reposición en los servicios públicos

    EN EL AYUNTAMIENTO DE PALENCIA
    Los cálculos sobre lo que tiene que desembolsar el consistorio han sido hechos por el Servicio de Personal y la modificación presupuestaria se financia mediante remanente de tesorería para gastos generales.
    La Comisión de Hacienda del Ayuntamiento de Palencia incluía en su reunión de agosto la tramitación de suplementos de crédito por importe de casi 254.000 euros para aplicar la medida gubernamental por la que los empleados públicos recuperarán un 25% de la paga extra de 2012.
    Para cumplir con esta medida el Ayuntamiento necesita dotar crédito en el presupuesto del presente ejercicio. El pago está pendiente de que el Gobierno regule el sistema y las condiciones para hacer frente al citado pago.

    jueves, 3 de septiembre de 2015

    MUERTE DE UN RUISEÑOR

    Hoy, reniego de la raza humana, siento vergüenza de ser europeo;  ¿y nos llamamos civilizados? . 
    artículo publicado en EL CONFIDENCIAL 

    Muerte de un ruiseñor: la foto del niño sirio muerto en la playa conmociona al mundo

    Gracias a Nilufer Demir y a los medios de comunicación sabemos que se llama Aylan Kurdi, que tenía tres años y que murió junto a su hermano de cinco, Galip Kurdi, y su madre

    Era un niño más que intentaba alcanzar la isla griega de Kos. Su familia pagó cerca de mil dólares a los traficantes por cada una de las plazas del bote que salió hace días desde la costa turca, en Alihoca, cerca de Bodrum. Eran seis, pero el mar se cobró la vida de cuatro. Tres de ellos eran niños.
    Ninguno llevaba chaleco salvavidas. No sabían nadar. La ruta Bodrum-Kos es corta, de unos 24 kilómetros, pero peligrosa. El mar los engulló de un trago y los escupió sobre la arena de Kos, donde un guardia costero recogió sus cuerpos con cuidado, intentando no dañar a quienes siempre son más vulnerables. Vea otras fotos cuya publicación también causó una fuerte polémica
    La fotógrafa de Reuters, Nilufer Demir, encuadró, enfocó y capturó a uno de ellos en una foto que de inmediato dio la vuelta al mundo. Hace medio siglo, la escritora estadounidense Harper Lee conmocionó a la sociedad de su tiempo con la novela Matar un ruiseñor, donde se sirve del punto de vista de una niña para abordar asuntos trascendentales como la injusticia racial, la destrucción de la inocencia, los prejuicios morales... Esta vez, una imagen contiene una carga de denuncia social equivalente.    
    Gracias a esta desgarradora captura, el mundo sabe hoy que el niño sin nombre se llama Aylan Kurditenía tres años y murió junto a su hermano de cinco (Galip) y junto a su madre. Con ellos viajaba también Zeynep Abbas Hadi, madre de cuatro hijos, tres de los cuales nunca se levantaron de la orilla de Kos. Todos ellos huían del horror de Siria, un país descompuesto tras más de cuatro años de barbarie y sangre a sus espaldas. Aquella es una guerra que expulsa a diario a 6.000 personas, un agujero negro en el que han desaparecido 120.000 seres humanos, incluidos 14.000 niños sin nombre.
    Gracias a la instantánea de Nilufer Demir, anoche en Múnich una oleada de ciudadanos se apresuraba a llevar comida y mantas a los refugiados que viven en la estación ferroviaria de la ciudad. Al término de la jornada, la masa de las redes sociales clamaba "#KıyıyaVuranİnsanlik" (la humanidad llegó a la orilla) y la etiqueta #Yosoyrefugiado se convirtió en tendencia en España, donde Barcelona y Madrid han alzado ya la mano para convertirse en "ciudades refugio". Ruido y más ruido para que la clase política de toda Europa sienta la necesidad de hacer algo, más allá de declaraciones bienintencionadas y deliberaciones sobre cupos de acogida. 
    la hora de la verdad Europa no es Europa, sino 27 estados con 27 puertas distintas, pero igualmente cerradas
    "Cuando hay madres tratando de evitar que sus hijos se ahoguen en un naufragio. Cuando la gente es abandonada y se asfixia en la parte trasera de un camión por mafias diabólicas de traficantes y cuando cadáveres de niños aparecen varados en la orilla, Reino Unido tiene que actuar", lamentaba la líder laborista Yvette Cooper, en declaraciones a The Independent. "Ninguna persona decente, y más si es padre, puede dejar de sentirse conmovida", juzgaba mucho más cerca un sentido ministro Margallo.
    Sin embargo, ninguno de estos gobiernos (incluido el español) ha sido capaz de contribuir al desarrollo de una respuesta europea conjunta que detenga esta sangría humanitaria. A la hora de la verdad, vuelve a parecer que Europa no es Europa, sino una suma de 27 estados con 27 puertas distintas, pero igualmente cerradas. 
    No sabremos nunca cómo se llamaban los cientos de niños sin nombre que según datos de 'Save the Children' han sido rescatados en los últimos días en la franja del Mediterráneo, ese transitado paso que separa Italia del norte de África. 
    ACNUR estima que solo en lo que llevamos de año 2.500 personas perdieron la vida tratando de llegar a Europa. "Les da igual si mueren o no", dijo uno de los supervivientes a este viaje mortal. Ahora la tragedia ya tiene su icono. Ha muerto un ruiseñor. ¿Cuántos más hacen falta para que deje de darle igual al resto del mundo?



    miércoles, 2 de septiembre de 2015

    MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN: ¿QUIÉN SE SIENTA?

    MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN COMUNES: ¿Quiénes  se sientan  en  la Gran Mesa?

    A modo de introducción podemos señalar que aún estamos inmersos en plenos procesos electorales a nivel sindical, bien se acaban de celebrar o en breve, nos convocarán para ir a votar.

    Destacar que en estos procesos están apareciendo nuevos sindicatos, y asociaciones profesionales, en algunos casos, simplemente antiguas iniciales que se reinician y en otros nuevas comparsas de siglas que en el mar de aguas revueltas intentan pescar cacho… pero en este contexto, nos están llegando numerosas consultas sobre quienes podrán acceder a las Mesas Generales de Negociación y que consideramos que es fundamental que sea conocido por nuestros propios candidatos y por los electores para que no sean víctimas de un cierto “timo sindical” propiciado por aquellos vendedores de humo y autoproclamados salvadores del empleado público.

    El artículo 36,3 del EBEP y numerosa sentencias establecen que para formar parte de la MGN, se debe ostentar el 10% de representatividad tanto en el ámbito de funcionarios como en el laboral; (ni sesgadamente ni acumuladamente).
    La premisa que ni sesgadamente respecto a cada una de las clases de personal ni siquiera globalmente ya que supondría que o bien una asociación profesional sólo se presentará en un único colectivo obteniendo el mínimo o nos encontraríamos que un sindicato se presentase en ambos colectivos y sumado ambos alcanzase el porcentaje requerido. Es lógico que si se tratan de cuestiones objeto de negociación en la Mesa General y que afectan a todos los Empleados Públicos, sólo quien acredita una representatividad mínima y suficiente en ambos cole y poder alcanzar acuerdos válidos.
    En el presente estudio, nos hacemos eco en las siguientes sentencias (TSJ deAsturias de 28-12-2009, TSJ Canarias de 5-6-2013, TSJ de Extremadura de 31-10-2013 y sentencia de un Juzgado de lo Social de Jerez; simplemente señalar que la relación de sentencias a las que podíamos acudir son muy numerosas, todas las enunciadas se refieren a la Administración Local, pero es extensible a todas las Administraciones Públicas; y es evidente que quedarían excluidos todos los sindicatos y agrupaciones que no alcanzasen el nivel de representatividad requerido.

    Análisis de las sentencias: sus fundamentos jurídicos: 
    • El artículo 36.3 del EBEP, al referirse a las Mesas Generales de Negociación de cada Administración (AGE, CCAA y Local) establece que “tomando en consideración en cada caso los resultados obtenidos en las elecciones a los órganos de representación del personal funcionario y laboral del correspondiente ámbito de representación “.
    El empleo del “y” (conjunción copulativa) exige claramente que la representatividad lo sea en relación a cada clase de personal. 

    • No obviamos que el punto final del 36.3 cambia la redacción y fija que “también estarán presentes en esta Mesa General, los Sindicatos que hubieran obtenido el 10 por 100 de los representantes a personal funcionario o laboral”.
    Pero este nuevo criterio habilitante (ser representativo en un solo ámbito)parte de un requisito previo a cumplir, estar presente en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas; de tal forma que si no se está presente en ella, el “o” no resulta de aplicación, exigiéndose por tanto el 10% en uno y otro ámbito. 

    • Si nos encontramos que un Sindicato tiene un 10% en funcionarios estará legitimado para estar en la Mesa de Negociación de Funcionarios de cada Administración (artículo 34 EBEP) pero no podrá estar en la Mesa General de Negociación (articulo 36 EBEP).

    Destacamos igualmente una sentencia del Tribunal Supremo de17 de abril de 2013, cuando interpreta que un Sindicato que sólo ostenta el nivel del 10% de representatividad en el ámbito del personal funcionario puede estar en una MGN común, si además está presenten en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas; (supuesto no habitual).

    Desde que se aprobó el EBEP y se reguló las MGN siempre hemos tenido enfrente  a los concejales (sin importar ideología) que  se han sentido más cómodos con los representantes mercenarios y de estomago agradecido, buscando soluciones que pasaban por compensar la representatividad en los ámbitos (laboral y funcionario) a través de una media o todavía más absurdo que una que un único ámbito otorgaba representación para acudir a la mesa.


    Desde nuestra opinión y en base a los argumentos jurisprudenciales, os animamos a que en estos momentos de caras nuevas, que planteemos la correcta constitución de las mismas y que se excluya a quienes no estén presentes por no haber alcanzado la correspondiente representatividad necesaria, ya que no hacerlo es defraudar el proceso e incumplir y traicionar  con la representación  y confianza que los compañeros nos han otorgado.


    DOCUMENTACIÓN DE APOYO:


    CASO DEL AYUNTAMIENTO DE HUELVA:
    Los sindicatos minoritarios con representación en el Ayuntamiento de Huelva no podrán formar parte de la Mesa General de Negociación de este consistorio según la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de la capital. Las organizaciones afectadas son SIBPH (Sindicato Independiente de Bomberos Profesionales de Huelva), SPPM (Sindicato Profesional de Policías Municipales), STAH (Sindicato de Trabajadores del Ayuntamiento de Huelva) y USO que quedan fuera de la Mesa General de Negociación al no contar con una representación del 10% en cada uno de los colectivos representados: funcionarios y personal laboral.
    El conflicto surgió el año pasado en la constitución de la Mesa General (donde se aborda la problemática común del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento capitalino) cuando el consistorio dejó al margen a esas organizaciones por no llegar al porcentaje mínimo de representación requerido para ello. Tras esta decisión, el SIBHP recurrió ante los tribunales por entender que debía estar presente en este foro de negociación. Sin embargo, la justicia no ha fallado a su favor y ha sido contundente en relación a la composición de la Mesa General desestimando todas las denuncias de este sindicato y condenándolo en costas.