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sábado, 23 de septiembre de 2023

EL PRESUPUESTO: Mario Benedetti


"El presupuesto",
cuento de Mario Benedetti


¡¡bienvenidos compañeros!!, Comenzamos el trimestre más intenso de cada año, elaboramos presupuestos, ordenanzas fiscales, sus novedades y un montón más trámites, expedientes y documentos. 

Con este motivo hoy, incluyo en el blog el cuento del poeta y narrador uruguayo: MARIO BENEDETTI

¡Disfruta del momento, con su lectura! 

EL PRESUPUESTO


En nuestra oficina regía el mismo presupuesto desde el año mil novecientos veintitantos, o sea desde una época en que la mayoría de nosotros estábamos luchando con la geografía y con los quebrados. Sin embargo, el jefe se acordaba del acontecimiento y a veces, cuando el trabajo disminuía, se sentaba familiarmente sobre uno de nuestros escritorios, y así, con las piernas colgantes que mostraban después del pantalón unos inmaculados calcetines blancos, nos relataba con su vieja emoción y las quinientas noventa y ocho palabras de costumbre, el lejano y magnífico día en que su Jefe -él era entonces Oficial Primero- le había palmeado el hombro y le había dicho: “Muchacho, tenemos presupuesto nuevo”, con la sonrisa amplia y satisfecha del que ya ha calculado cuántas camisas podrá comprar con el aumento.


Un nuevo presupuesto es la ambición máxima de una oficina pública. Nosotros sabíamos que otras dependencias de personal más numeroso que la nuestra, habían obtenido presupuesto cada dos o tres años. Y las mirábamos desde nuestra pequeña isla administrativa con la misma desesperada resignación con que Robinson veía desfilar los barcos por el horizonte, sabiendo que era tan inútil hacer señales como sentir envidia. Nuestra envidia o nuestras señales hubieran servido de poco, pues ni en los mejores tiempos pasamos de nueve empleados, y era lógico que nadie se preocupara de una oficina así de reducida.


Como sabíamos que nada ni nadie en el mundo mejoraría nuestros gajes, limitábamos nuestra esperanza a una progresiva reducción de las salidas, y, en base a un cooperativismo harto elemental, lo habíamos logrado en buena parte. Yo, por ejemplo, pagaba la yerba; el Auxiliar Primero, el té de la tarde; el Auxiliar Segundo, el azúcar; las tostadas el Oficial Primero, y el Oficial Segundo la manteca. Las dos dactilógrafas y el portero estaban exonerados, pero el Jefe, como ganaba un poco más, pagaba el diario que leíamos todos.


Nuestras diversiones particulares se habían también achicado al mínimo íbamos al cine una vez por mes, teniendo buen cuidado de ver todos diferentes películas, de modo que, relatándolas luego en la Oficina, estuviéramos al tanto de lo que se estrenaba. Habíamos fomentado el culto de juegos de atención tales como las damas y el ajedrez, que costaban poco y mantenían el tiempo sin bostezos. jugábamos de cinco a seis, cuando ya era imposible que llegaran nuevos expedientes, ya que el letrero de la ventanilla advertía que después de las cinco no se recibían “asuntos”. Tantas veces lo habíamos leído que al final no sabíamos quién lo había inventado, ni siquiera qué concepto respondía exactamente a la palabra “asunto”. A veces alguien venía y preguntaba el número de su “asunto”. Nosotros le dábamos el del expediente y el hombre se iba satisfecho. De modo que un “asunto” podía ser, por ejemplo, un expediente.


En realidad, la vida que pasábamos allí no era mala. De, vez en cuando el jefe se creía en la obligación de mostrarnos las ventajas de la administración pública sobre el comercio, y algunos de nosotros pensábamos que ya era un poco tarde para que opinara diferente.


Uno de sus argumentos era la Seguridad. La seguridad de que no nos dejarían cesantes. Para que ello pudiera acontecer, era preciso que se reuniesen los senadores, y nosotros sabíamos que los senadores apenas si se reunían cuando tenían que interpelar a un Ministro. De modo que por ese lado el jefe tenía razón. La Seguridad existía. Claro que también existía la otra seguridad, la de que nunca tendríamos un aumento que nos permitiera comprar un sobretodo al contado. Pero el jefe, que tampoco podía comprarlo, consideraba que no era ése el momento de ponerse a criticar su empleo ni tampoco el nuestro. Y -como siempre tenía razón.
Esa paz ya resuelta y casi definitiva que pesaba en nuestra Oficina, dejándonos conformes con nuestro pequeño destino y un poco torpes debido a nuestra falta de insomnios, se vio un día alterada por la noticia que trajo el Oficial Segundo. Era sobrino de un Oficial Primero del Ministerio y resulta que ese tío -dicho sea sin desprecio y con propiedad- había sabido que allí se hablaba de un presupuesto nuevo para nuestra Oficina. 



Como en el primer momento no supimos quién o quiénes eran los que hablaban de nuestro presupuesto, sonreímos con la ironía de lujo que reservábamos para algunas ocasiones, como si el Oficial Segundo estuviera un poco loco o como si nosotros pensáramos que él nos tomaba por un poco tontos. Pero cuando nos agregó que, según el tío, el que había hablado de ello había sido el mismo secretario) o sea el alma parens del Ministerio, sentimos de pronto que en nuestras vidas de setenta pesos algo estaba cambiando, como si una mano invisible hubiera apretado al fin aquella de nuestras tuercas que se hallaba floja, como si nos hubiesen sacudido a bofetadas toda la conformidad y toda la resignación.




sábado, 9 de septiembre de 2023

LOS BOLETINES DE COTIZACIÓN: DEBER DE ENTREGAR A LA REPRESENTACIÓN SOCIAL



ENTREGA DE BOLETINES DE COTIZACIÓN A LA REPRESENTACIÓN SOCIAL: 


Sentencia del AN – 22/06/2022 en materia de Derechos de información de los representantes de los trabajadores.
Resumen

La Audiencia Nacional declara que los boletines de cotización RNT y RLC (antiguos TC1 y TC2) deben ser entregados a los delegados sindicales sin previo requerimiento, sin demora y de forma completa. Además, no cabe mutilar los datos relativos a retribuciones bajo el pretexto de que es necesario el consentimiento del titular.



La sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Social, de fecha 22 de junio de 2022, Rec. 145/2022, recoge un supuesto de hecho en el que la empresa presentaba una reiterada negativa a la hora de entregar al Comité de Empresa la información relativa a las copias básicas de los contratos de los empleados y los boletines de cotización RNT y RLC (antiguos TC1 y TC2) en tiempo y forma, esto es, entregarlos en plazo y sin previo requerimiento de la representación legal, así como entregarlo con toda la información completa y no mutilando determinados datos de los trabajadores amparándose la empresa para ello en la Ley de Protección de Datos junto con la actitud contraria de los trabajadores a que la representación legal y sindical fuese conocedora de sus datos personales.  

En el caso concreto nos encontramos con que el Comité de Empresa, previamente a interponer demanda ante la jurisdicción social, presentó denuncia ante la Inspección de Trabajo denunciando estos hechos y, en particular:

  • Denunciando que ninguna de las copias básicas de los contratos de los trabajadores recogía la retribución total que el empleado percibía, lo que imposibilitaba que los representantes pudiesen velar por el cumplimiento de la legislación laboral en cuanto a retribución salarial.
  • De igual manera, se reivindicó que el Comité de Empresa tenía que estar reclamando trimestralmente los boletines de cotización RNT y RLC y que, una vez los recibían, estos estaban incompletos, con tachaduras o datos suprimidos.


Ante la primera denuncia, la Inspección de Trabajo requirió a la empresa para que cumpliese con sus obligaciones legales que emanaban del artículo 64.6 del Estatuto de los Trabajadores, informando debidamente a los representantes legales de los trabajadores del salario que percibían los empleados, así como de las bases de cotización a la Seguridad Social que debían figurar y no estaban en los documentos modificados.

Sin embargo, el requerimiento de la Inspección de Trabajo pareció no ser suficiente para la empresa que, volviendo a invocar los argumentos del cumplimiento de la Ley de Protección de Datos y la oposición de los empleados de que se filtrasen sus datos personales y económicos a la representación legal, mostró nuevamente su negativa a entregar la documentación en tiempo y forma, lo que motivó una nueva denuncia por parte del Comité de Empresa, finalizando ésta con un Acta de Infracción para la compañía.


Pero una vez más, el Acta de Infracción de la Inspección de Trabajo no fue suficiente, lo que dinamitó la presentación de una demanda judicial por parte de la representación legal por vulneración de derechos fundamentales ante el Juzgado de lo Social, de modo que el juez determinó la ilicitud de la conducta llevada a cabo por la empresa y la vulneración de los artículos 25.4 del Reglamento General de Recaudación, así como el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores, entre otros.


La conducta consumada por la empresa y la justificación que otorga la misma basada en que los titulares de los datos –los trabajadores– se oponían al tratamiento de los mismos, no legitima la conducta patronal, pues se trata de «información necesaria para el desenvolvimiento de una función reconocida constitucionalmente como es la sindical y una norma legal exige que se transmita la información de forma que se pueda verificar por quien recibe la misma que la empresa está cumpliendo con sus obligaciones en materia de Seguridad Social, por lo que resulta esencial que los boletines de cotización se entreguen sin omisión de dato alguno».


Por todo lo expuesto anteriormente, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional considera que la conducta de la empresa obstruye de forma reiterada e injustificada el derecho a la libertad sindical, por lo que resuelve que la empresa deberá entregar sin necesidad de que sea requerida previamente, toda la documentación relativa a las copias básicas de los contratos y boletines de cotización a la representación legal de los trabajadores, respetando los plazos para ello y sin suprimir datos de dichos documentos. Del mismo modo, la Sala condena a la empresa a que abone una indemnización de 6.000 euros por daños y perjuicios, que cuantifica de forma prudente dado que la compañía no posee condenas anteriores.


Conclusión sindical: 

La empresa debe respetar los plazos de entrega de los boletines de cotización, poniéndolos a disposición de forma completa, sin enmiendas ni tachaduras (concretamente las columnas NAF, IPF y CAF deben aparecer completas), y sin necesidad de que sean requeridos por la representación legal de los trabajadores. De lo contrario, se produciría una obstrucción injustificada de los derechos de información de la representación sindical, vulnerando el derecho fundamental a la libertad sindical en su vertiente de la acción sindical.


SENTENCIA AUDIENCIA NACIONAL 22/06/22 - descarga aquí -

lunes, 4 de septiembre de 2023

LOS MACEROS:

NUESTROS MACEROS: 


HISTORIA; La figura de los maceros es una reminiscencia medieval, y los ayuntamientos solo podían disponer de ellos si el rey lo permitía, por tanto es un privilegio que no todas las ciudades pueden tener. Los maceros eran personajes que representaban el poder y la autoridad real, representando el poder y la dignidad  de la ciudad. Hay grabados  de Alfonso X el Sabio en los que se dibuja a los maceros que acompañaban al rey en sus audiencias. Eran un cuerpo de élite, diríamos ahora, exclusivo  para proteger a los monarcas y su séquito. 

Por tanto, el origen del Macero, se encuentra en los antiguos desfiles de los reyes medievales que posteriormente se extendieron a los ayuntamientos. Es por ello que la Maza que portan en su mano era antiguamente un arma defensiva que utilizaban los Caballeros en la Edad Media.

Actualmente podemos definir la figura del Macero como la de un funcionario municipal. Su principal función es la de encabezar las comitivas municipales, llevando en su mano y sobre su hombro la Maza municipal de plata. 

La prenda de vestir del macero:  Con carácter común,  es un tabardo que normalmente lleva grabado el escudo de la Institución que representa y se complementa con gorra de terciopelo con pluma, medias del color del tabardo, guantes blancos y zapatos negros con hebilla y en algunos casos, colgante con la medalla de la institución.--

PALENCIA: cuatro maceros en década de los  50.

Nuestros  maceros
 acompañan a la Corporación en las procesiones de las fiestas locales, las Candelas, en la fiesta del Cristo, durante las fiestas de San Antolín, les encontramos en el acto del Pregón literario acompañando a la Corporación  en el Teatro Principal, así como el día del Patrón, donde acompañan a la comitiva hasta la Catedral. 

Quizá, debemos contar con ellos en más actos, y así se les echa de menos el mismo día de la constitución del Pleno l no estén acompañando a la mesa de edad y a la nueva corporación, etc. 


En Palencia, actualmente en los actos contamos con dos maceros, si bien puede resultar que se queda muy reducido, debiendo rescatar los cuatro maceros que nos corresponden,  y otro punto a tener en cuenta es que es hora de incorporar la presencia de compañeras en su desempeño. 

En la foto anterior, de los años 50 se observa la presencia de cuatro maceros junto con la Guardia de Honor. 


Imágenes de otros lugares:

BALTANÁS