EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SENTENCIA SOBRE LA DEVOLUCIÓN DE PARTE DE LA PAGA EXTRA
La decisión ha sido adoptada después de que, el pasado mes de enero, se hiciera efectiva la recuperación de una parte de dicha paga, tal y como dispone la disposición adicional 12.ª de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2015.
Según el mismo Tribunal, la aplicación de lo dispuesto en esta ley determinará también, y por el mismo motivo, la extinción de la mayoría de las decenas de cuestiones de inconstitucionalidad formuladas por distintos órganos jurisdiccionales contra el real decreto de supresión de la paga.
Es decir; el Tribunal Constitucional no se moja. Como el Gobierno ha devuelto los 44 días devengados de la paga extra de Navidad, ya no existe causa, por lo que se inhibe de hacer una declaración sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la aplicación del Real Decreto 20/2012.
No obstante, siguen en proceso los numerosos recursos sobre más cuestiones de inconstitucionalidad del citado Real Decreto de los recortes. El Gobierno ha evitado un primer pronunciamiento del Tribunal Constitucional tras los numerosos fallos de Tribunales Superiores de Justicia ordenando el abono de los días devengados, pero aún sigue pendiente determinar el resto de medidas que supusieron un brutal ataque contra los empleados públicos de este gobierno desmantelador y enemigo del servicio público.
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