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Capitel San Martín de Frómista: fábula de la zorra y el cuervo |
LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS:
Siempre hemos valorado que la Ley Orgánica de Protección de Datos, como una ley especialmente compleja, ya que en muchas ocasiones colisionan con derechos de igual o superior naturaleza.
También, por medio de este blog, os hemos contado que nuestra admirada concejala de personal se ha preocupado muchísimo, en que nuestros correos, informes, escritos e incluso este blog no infringiese normas de la protección de datos, no impidiendo dar traslado a la empresa asesora en la materia, en consultar a amigos penalistas o remitir a los órganos correspondientes de Policía Nacional buscando la comisión de un delito por quienes suscribimos este blog... ¡Lástima, aún no lo ha conseguido!.

Esta situación supone un grave riesgo y peligro a los trabajadores; ya que les lleva a situaciones incomodas y no deseadas, atendiendo a la función denunciante que van a ejercer y que casi nunca contará con la simpatía de los particulares.
La AEPD califica como falta grave y si el infractor no hubiese sido una Administración Pública, la sanción podía haber alcanzado los 300.000€.