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domingo, 3 de abril de 2022

PROCESOS DE CONSOLIDACIÓN: Orientaciones


ORIENTACIONES EN LOS PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN: 


El viernes a última hora, nos envían Resolución de la Secretaría de Estado con orientaciones a las AAPP para sus procesos de estabilización derivados de la nueva Ley 20/2021 de reducción de la temporalidad, con novedades, firmadas y que no nos gustan: 

  • el concurso puro de méritos de plazas por la DA 6ª y 8ª puntúe la antigüedad un 60% , 
  • la oposición en el concurso-oposición sea eliminatoria 
  • y en su fase de méritos,  los méritos profesionales; como máximo puntuarán un 90%

 

Nada más recibirlo, nos ponemos a estudiar una resolución de la Secretaría de Estado con  las "orientaciones para la puesta en marcha de los procesos de estabilización" derivados de la la  nueva ley 20/201 de reducción de temporalidad publicada el 29/12/2021, de 28 de diciembre ley que, recordemos, entendíamos obligaba a todas las AAPP a realizar:


  •  Desconocemos la participación y acuerdo con la representación social, así que una vez más, solo es la opinión de una Sección sindical de un ayuntamiento de "provincias". Importante, solo es un instrumento orientativo, cada administración, la federación de municipios dictarán los suyos y cada Ayuntamiento o diputación dentro de su autonomía propia podrán adaptar o modificar; (así que a muchos representantes nos tocará negociar, interpretar y ser didácticos sobre lo que realmente interesa a los trabajadores y a las propias administraciones, en un proceso único y que puede beneficiar.

  • CONCURSO EXCLUSIVO DE MÉRITOS: para las plazas estructurales temporales y las plazas vacantes ocupadas por personal temporal desde antes de 1/1/2016: 
    • Siempre que  no estén ya en convocatorias en marcha de los procesos de estabilización por LPGE 2017 o 2018 y que la AAPP no decida anular/modificar, (procesos que no se hayan convocado o plazas que aún habiéndose convocado hayan quedado vacantes)

  • CONCURSO OPOSICIÓN LIBRE : Presenta las siguientes característica (plazas vacantes y ocupadas interinamente o temporalmente antes de 1/1/2018.
    • La fase de oposición tiene un peso del 60% 
    • Los ejercicios de la oposición opcionalmente no eliminatorios 
    • Los méritos de la fase de concurso alcanzan hasta un 40% de la fase de méritos. 
Novedades sobre el borrador anterior: Se suprime la reserva de un porcentaje a favor de la discapacidad; que ni se entendía muy bien al tratarse de unas plazas que estaban ajenas a esa limitación más que la propia que hubiese otorgado por quien lo desempeña. 

Definición qué se entiende por plazas de naturaleza estructural:
  •  "funciones recurrentes que se integran en la actividad ordinaria y del normal funcionamiento de la Administración de que se trate, incluyendo por tanto, las plazas ligadas a programas o actuaciones que no gocen de sustantividad propia y diferenciada de la actividad ordinaria", 
  •  "con carácter general, estas plazas se corresponderán con aquéllas destinadas al ejercicio de competencias propias de la Administración correspondiente". 
    • Esta aclaración puede aumentar notablemente el número de plazas a incluir en estos procesos como plazas vacantes convencionales de los cuerpos y categorías de funciones recurrentes que se estén prestando con modalidades de contratación "irregulares" o impropias. Conclusión y con fin didáctico, las plazas estructurales no son solo las plazas vacantes y cubiertas por interinos.
    • Las plazas afectadas por los procesos de estabilización previstos en los artículos 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, el borrador decía que debían incluirse siempre que hubieran estado incluidas en las correspondientes ofertas de empleo público de estabilización y llegada la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, no hubieran sido convocadas o no hubieran sido cubiertas". Ahora la última frase se cambia a " y llegada la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, no hubieran sido convocadas o hubieran quedado desiertas tras la resolución de los procesos selectivos en los que fueron convocadas."

el CONCURSO-OPOSICIÓN:  (fase de oposición un 60% y fase de concurso un 40%):
  • "deberá fijarse la puntuación directa mínima para superar la fase de oposición" con "independencia de que los distintos ejercicios puedan ser no eliminatorios" (ojo: la fase de oposición tiene que ser eliminatoria aunque los ejercicios puedan no serlo) 
  • Los méritos: 
      • "se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate" [ sin especificar en qué AAPP
      • la fase de concurso no puede ser eliminatoria (si se celebra en primer lugar)
    • criterios sobre la baremación de méritos  para el caso de concurso-oposición:
        • 90% méritos profesionales, donde deben puntuar -sin detallar recomendaciones de punto por mes, solo señalando que "deberá existir una graduación" - los servicios prestados en
            • el cuerpo, escala, categoría de la AAPP
            • en otros cuerpos, escalas, categoría
            • en otras AAPP
            • en el resto del Sector Público 
        • 10% de méritos académicos 

Para las plazas convocadas por el sistema de concurso puro de méritos
      • los méritos profesionales no podrán suponer más de un 60%, 
      • los méritos académicos no podrán suponer menos de un 40%
modificando por tanto lo que decía el borrador (máximos recomendados en los dos casos) y que ahora por tanto parece corrección de una errata del borrador. 

Conclusión: el presente texto que hemos analizado, como los avances que se van produciendo nos van dejando mal cuerpo y se alejan de dar soluciones prudentes a imprudencias de esta administración acumuladas durante años y años de infringir y ser responsables directos de no cumplir con la legalidad vigente... y sólo a empujones de Europa parece que quieren configurar un proceso que les lave la cara  ante la jurisdicción española o europea pero sin ponerse a mal con los lobbys internos y otros grupos.