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domingo, 25 de abril de 2021

Derogación de la criminalización en el derecho de huelga.


EL GOBIERNO ELIMINA DEL CÓDIGO PENAL LAS PENAS QUE CRIMINALIZAN EL DERECHO DE HUELGA: 


DEROGACIÓN DEL ARTÍCULO 315.3  DEL CÓDIGO PENAL QUE  CRIMINALIZA EL DERECHO A HUELGA.

El Boletín Oficial del Estado (BOE)  publica la derogación del artículo 315 apartado 3 del Código Penal que recoge penas de prisión o multas a quienes actuando en grupo o individualmente coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga.

Así, esta Ley Orgánica 5/2021, de 22 de abril elimina del Código Penal el siguiente párrafo: 

"Artículo 315.3. Quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses."

Aconsejamos la lectura del Preámbulo de la propia Ley orgánica 5/2021 que describe los  motivos de persecución que desde el 2011 con la crisis económica como pretexto, el Partido Popular inició un proceso constante y sistemático de desmantelamiento de las libertades y especialmente de aquellas que afectan a la manifestación pública del desacuerdo con las políticas económicas del Gobierno

DESCARGATE LA Ley Orgánica 5/2021 que deroga el artículo 315 apartado 3 del Código Penal. 


Recorte de prensa, recomendada:

PIQUETES

El fin de la pesadilla en las huelgas

Afectados por el recién derogado artículo que castigaba con cárcel la coacción en los piquetes critican su uso para criminalizar la lucha sindical


A Lola Villalba el miedo por entrar en la cárcel le llegó conforme se acercaba el juicio. El fiscal pedía para ella y otro compañero de lucha sindical tres años y medio por un altercado en un piquete informativo del que formaba parte en la puerta de un bar en Málaga durante la huelga general de noviembre de 2012. La acusación se hacía a partir del 315.3 del Código Penal, artículo que el Senado derogó la semana pasada y que castigaba a “quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga”. “Me llevé una inmensa alegría y una satisfacción”, celebra Villalba, secretaria general de la federación de Servicios de CC OO en Málaga, que salió absuelta en el juicio.

Rubén Ranz, sindicalista UGT, detenido en un piquete

Aunque este delito se creó en 1976, los tribunales apenas habían recurrido a él antes de la década pasada, cuando llegaron las reformas laborales y los recortes. A partir de entonces, según UGT y CC OO, se aplicó a unas 270 personas, aunque no todas han sido procesadas.

El caso más sonado fue el de Los Ocho de Airbus. Enrique Gil es uno de ellos. Su caso arrancó cuando en la huelga general de 2010 la tensión explotó a la entrada de la factoría de aviones en Getafe. Ese día, un policía incluso disparó al aire. Gil, como sus siete compañeros, fue absuelto: “El proceso fue largo y nos sometieron a pena de banquillo. Todo el proceso lo llevé muy bien y luego, con la sentencia exculpatoria, me llevé un shock emocional. Estuve tres semanas con insomnio”, añade.

El cambio legal aprobado no supone que los delitos de coacciones vayan a quedar impunes, recuerda Ignacio González Vega, magistrado de lo Penal en la Audiencia Provincial de Madrid. “Era una anomalía que existiera. Parecía que hacía especial alusión a los piquetes informativos”, explica el juez. “Ya hay un delito de coacciones. No entiendo por qué tiene que haber ese delito cuando hay un tipo básico”, añade. La catedrática de Derecho Penal de la Universidad de Castilla-La Mancha Rosario de Vicente abunda en que los delitos de coacciones no quedan impunes, incluso señala que la pena a aplicar podría ser mayor según la interpretación que hagan los jueces. El magistrado González Vega lo descarta porque, dice, el agravante que se aplica en los delitos de coacción se da cuando se ejerce contra un derecho fundamental y el derecho al trabajo no lo es. “Sí lo es, en cambio, el derecho de huelga”, explica.

Multa de 800 euros

La inmensa mayoría de los condenados por este artículo no entró jamás en la cárcel, aunque sí hubo alguna breve estancia entre rejas. En 2014, el estudiante de Medicina y activista del 15-M Carlos Cano ingresó en prisión tras ser condenado a tres años y un día por su participación como piquete en la huelga general del 29 de marzo de 2012. A los ocho días, la Audiencia Provincial de Granada ordenó su puesta en libertad.

El caso en el que estuvo implicado Rubén Ranz, de UGT, tuvo otro final. Su proceso fue bautizado en los medios como el de Los dos de Lealtad, porque los hechos ocurrieron a las puertas de un bar en la plaza madrileña del mismo nombre, donde está la Bolsa. Ranz, ahora uno de los sindicalistas de UGT que trata de organizar a los trabajadores de las plataformas digitales, fue condenado. “Al principio me pidieron siete años”, recuerda. No solo le aplicaban el 315.3, también le acusaban de agresión a un policía y un camarero.

Finalmente, todo quedó en una multa de 800 euros. “El día de la derogación del artículo, en el Senado, recordaba el día de la detención”, asegura. Él ha sido uno de los sindicalistas más implicados en la campaña que las centrales desplegaron para abolir el artículo: “Desde que me detuvieron, he estado muy involucrado. Era un objetivo algo utópico, pero al final lo hemos conseguido”.

Para los históricos abogados Manuel de la Rocha, de UGT, y Enrique Lillo, de CC OO, que han defendido a varios acusados, el problema del artículo era que “criminalizaba” a los piquetes y, por extensión, el derecho de huelga por la labor informativa de estos grupos, aunque en ocasiones se llegue a situaciones tensas. “Si un miembro del piquete hace algo, habrá que individualizar el acto, pero no tiene que estar bajo sospecha todo el piquete o quien participe en él”, apunta Lillo. De Vicente añade: “Este precepto se incluye para criminalizar al piquete, cuya labor es convencer”. Ella, como los letrados, recuerda que hasta 2010 se había recurrido muy poco a él: “Entonces los tribunales empiezan a usarlo… y a abusar”.

Aunque sí hay algunos casos anteriores. Uno es el de Serafín Rodríguez, chófer de autobuses de Vigo, que fue procesado en 2008. Este afiliado a la Central Intersindical Galega (CIG) explica que cuando llegó a la concentración un policía se le acercó y le pidió que se identificara. “Me dijo que me vio tirar una piedra. No lo hice. Era su palabra contra la mía”, apunta. Fue condenado a tres años de cárcel junto con otro compañero de UGT, aunque finalmente no los cumplió al recibir un indulto parcial. “Tuvimos el apoyo de los sindicatos, del Ayuntamiento de Vigo, de la Xunta… por todos lados”, explica. La derogación en el Senado del 315.3 fue un motivo de alegría. “Para que no le pase a nadie más”, describe mientras recuerda los 10 años que pasó y que sigue tomando ansiolíticos.