El viernes 24 de julio, y sumidos en el sopor y ablandura de carnes por el calor, abrimos el BOE, con la publicación de una Resolución sobre las jornadas, horarios etc en la Administración del Estado.
Resolución de 22 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se modifica la de 28 de diciembre de 2012, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
Esta Resolución, formaliza los cambios que el Gobierno ha ido introduciendo progresivamente mediante modificaciones legislativas y que ya contemplan la mayoría de los calendarios laborales de los empleados públicos en la Administración General del Estado como son:
- Un máximo de cinco días anuales sobre jornada de trabajo aplicable durante festividades tradicionales locales
- La duración de la jornada laboral general que será de treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a mil seiscientas cuarenta y nueve horas anuales
- Las vacaciones retribuidas que tendrán una duración de 22 días hábiles anuales por año completo de servicios, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fuera menor, considerando inhábiles los sábados
- Incorporación de la Directiva 2003/88/CE en cuanto al aplazamiento del disfrute de vacaciones derivado de una incapacidad temporal justificada o análogo como el permiso de maternidad o paternidad
- Consideración como tiempo de servicio de las ausencias derivadas de enfermedad, accidente o del disfrute de permisos y licencias
- Derecho a disfrutar de hasta cinco días por asuntos particulares
Curiosa semana, donde nos hicimos eco de las sentencias del Tribunal Constitucional que ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de Andalucía contra el Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad; la impugnación afecta a tres preceptos (arts. 8, 27 y 28) que modifican el régimen de permisos y vacaciones de los funcionarios públicos, los horarios comerciales y de apertura en domingos y festivos y el sistema de promoción de ventas mediante rebajas, saldos o liquidaciones. La sentencia cuenta con el voto particular del ponente, el Magistrado Antonio Narváez, al que se han adherido la Vicepresidenta, Adela Asua, y los Magistrados Encarnación Roca, Fernando Valdés Dal-Ré y Juan Antonio Xiol.
Igualmente curiosa, cuando nos hemos hecho eco de las negociaciones de Mesa General de Negociación (MGN) y de las promesas que ministros y Secretarios Generales se han dedicado a difundir sobre "asuntos propios" vacaciones etc.; y como siempre el Gobierno más preocupado en hacer autobombo y vender humo. Esperaremos hasta el viernes, para informar de las reuniones que mantendrá con la UGT, y resto de sindicatos que integran la MGN y la propuesta final que recogerán los Presupuestos Generales del Estado con respecto a las condiciones laborales y económicas de los empleados públicos de la Administración General del Estado.
Entre ellas se baraja una subida salarial del 1%, la devolución del día de asuntos particulares que todavía nos deben, la devolución de la paga extra de Navidad suprimida en 2012 en dos partes, una a final de año y otra en el año 2016, lo cual incumple claramente el compromiso del ministro Montoro de reintegrarla en 2015, devolución de algún día adicional de vacaciones por antigüedad y posible compensación de los descuentos en nómina por incapacidad temporal, entre otras.
Este gobierno hace mucho que huele a la podredumbre de los muertos, les queda poco y lo saben; las estadísticas dibujan otros escenarios y sus legiones de estómagos agradecidos y cargos políticos de tercer nivel corren peligro (y son muchos); carreras por los pasillos, mensajes de móvil y presiones hacia arriba para que "hagan lo necesario para evitar el desastre y entran los nervios al saber que con partidos nuevos y nuevos gobiernos sus momentos de holganza y soberbia laboral les queda poco...... Hay elecciones y toca hacer guiños para recuperar el voto de los empleados públicos.
Ni perdono ni olvido, mucho daño han hecho a los más débiles de la sociedad y mucho daño han causado a los Empleados Públicos, a sus derechos, a sus bolsillos y han jugado con su imagen, difamando e injuriando utilizando toda la maquinaria propagandística posible. ¡Qué se vayan!
DOCUMENTACIÓN: accede al enlace
- Resolución 24 de julio de 2015 sobre jornada AGE.
- Sentencia Tribunal Constitucional
- Voto particular Trib. constitucional