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miércoles, 11 de marzo de 2020

RESOLUCIÓN DE MEDIDAS A ADOPTAR ANTE EL CORONAVIRUS


RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO DE ESTADO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA SOBRE MEDIDAS A ADOPTAR EN LA AGE CON MOTIVO DEL VIRUS


La Secretaria de Estado de Política Territorial y Función Pública ha actuado con diligencia y ha dictado una Resolución sobre medidas a adoptar en la Administración General del Estado (AGE) con motivo del COVID-19, con efectos desde el momento de su firma.

La Secretaria de Estado de Política Territorial y Función Pública ha actuado con diligencia y ha dictado una Resolución sobre medidas a adoptar en la Administración General del Estado (AGE) con motivo del COVID-19, con efectos desde el momento de su firma.

Desde esta Sección Sindical valoramos positivamente las medidas propuestas que contribuirán a resolver satisfactoriamente la situación generada y que adoptamos como propuestas y orientaciones para fijar la política preventiva de nuestro Ayuntamiento.

Análisis de las medidas:

– Flexibilización de la jornada laboral sin sujeción a los límites previstos en la Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.

– En el caso de que sea imprescindible, se permitirá la permanencia del personal en su domicilio, teniendo la consideración de deber inexcusable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 j) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (eso sí, en el caso de que ambos progenitores o responsables del mayor dependiente tengan la condición de personal al servicio de la AGE, no podrán disfrutar de estas medidas simultáneamente).

La Resolución contiene también otro tipo de indicaciones, entre las que destacan:

AISLAMIENTO: (retribuciones):– el personal al servicio de la Administración General del Estado que se encuentre en situación de aislamiento por motivo del COVID-19,  continuará percibiendo durante el tiempo que permanezca en dicha situación el cien por cien de sus retribuciones.

ATENCIÓN AL PÚBLICO: – En los servicios de atención al público se priorizará la atención telefónica y telemática.

REUNIONES DE TRABAJO: En la medida de lo posible se evitarán las reuniones de trabajo, disponiéndose en todo caso la suspensión de aquellas que impliquen desplazamientos a otra localidad. Asimismo se fomentará el uso de la videoconferencia.

FORMACION Y CURSOS: Las unidades responsables de la organización de cursos y actividades formativas de carácter presencial pospondrán los mismos, valorándose la utilización de medios telemáticos como alternativa, cuando ello resulte posible.

OPOSICIONES:– El órgano convocante de cada proceso selectivo en curso deberá posponer, por el tiempo imprescindible, la celebración de pruebas selectivas, especialmente aquellas de concurrencia masiva, garantizándose en todo caso la continuidad de los procesos, excepto aquellos relacionados con las medidas adoptadas para la contención del COVID-19.

VIAJES TRABAJO: Se recomienda posponer todos aquellos viajes de trabajo que no sean imprescindibles para la normal prestación de servicios esenciales.

EL TELETRABAJO: En supuestos debidamente justificados se permitirá modalidades no presenciales de trabajo (teletrabajo), previa autorización de los titulares de las Subsecretarías de los Departamentos ministeriales con el objetivo de garantizar la prestación de los servicios públicos. En aquellos Departamentos que ya tengan implantada dicha modalidad de prestación del servicio se mantendrán vigentes las condiciones previstas en dicho régimen.

Descarga PROTOCOLO Aquí: Resolución sobre medidas a adoptar en la Administración General del Estado (AGE) con motivo del COVID-19