RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO DE ESTADO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA SOBRE MEDIDAS A ADOPTAR EN LA AGE CON MOTIVO DEL VIRUS
La Secretaria de Estado de Política Territorial y Función Pública ha actuado con diligencia y ha dictado una Resolución sobre medidas a adoptar en la Administración General del Estado (AGE) con motivo del COVID-19, con efectos desde el momento de su firma.
La Secretaria de Estado de Política Territorial y
Función Pública ha actuado con diligencia y ha dictado una Resolución sobre medidas a adoptar en la Administración
General del Estado (AGE) con motivo del COVID-19, con efectos desde el momento de
su firma.
Desde
esta Sección Sindical valoramos positivamente las medidas propuestas que
contribuirán a resolver satisfactoriamente la situación generada y que
adoptamos como propuestas y orientaciones para fijar la política preventiva de
nuestro Ayuntamiento.
Análisis de
las medidas:
– Flexibilización de la jornada
laboral sin sujeción a los límites previstos en la
Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función
Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo
del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus
organismos públicos.
–
En el caso de que sea imprescindible, se permitirá la permanencia del personal en su
domicilio, teniendo la consideración de deber inexcusable de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 j) del texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público (eso sí, en el caso de que ambos
progenitores o responsables del mayor dependiente tengan la condición de
personal al servicio de la AGE, no podrán disfrutar de estas medidas
simultáneamente).
La
Resolución contiene también otro tipo de indicaciones, entre las que destacan:
AISLAMIENTO: (retribuciones):–
el personal al servicio de la Administración General
del Estado que se encuentre en situación de aislamiento por motivo del
COVID-19, continuará percibiendo durante el tiempo que
permanezca en dicha situación el cien
por cien de sus retribuciones.
ATENCIÓN AL PÚBLICO: –
En los servicios
de atención al público se
priorizará la atención telefónica y telemática.
REUNIONES DE TRABAJO: En la medida de lo posible se evitarán las reuniones de trabajo, disponiéndose
en todo caso la suspensión de aquellas que impliquen desplazamientos a otra
localidad. Asimismo se fomentará el uso de la videoconferencia.
FORMACION Y CURSOS: Las unidades responsables de la organización de cursos y actividades formativas de carácter presencial pospondrán los mismos,
valorándose la utilización de medios telemáticos como alternativa, cuando ello
resulte posible.
OPOSICIONES:–
El órgano convocante de cada proceso selectivo en curso deberá posponer, por el
tiempo imprescindible, la
celebración de pruebas selectivas, especialmente aquellas de
concurrencia masiva, garantizándose en todo caso la continuidad de los
procesos, excepto aquellos relacionados con las medidas adoptadas para la
contención del COVID-19.
VIAJES TRABAJO:–
Se recomienda posponer todos aquellos viajes de trabajo que no sean
imprescindibles para la normal prestación de
servicios esenciales.
EL TELETRABAJO: En supuestos debidamente justificados se permitirá modalidades no presenciales de trabajo
(teletrabajo), previa autorización de los titulares de las
Subsecretarías de los Departamentos ministeriales con el objetivo de garantizar
la prestación de los servicios públicos. En aquellos Departamentos que ya
tengan implantada dicha modalidad de prestación del servicio se mantendrán
vigentes las condiciones previstas en dicho régimen.
Descarga PROTOCOLO Aquí: Resolución sobre medidas a adoptar en la Administración General del Estado (AGE) con motivo del COVID-19
Descarga PROTOCOLO Aquí: Resolución sobre medidas a adoptar en la Administración General del Estado (AGE) con motivo del COVID-19