TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO: ¿NOS SERVIRÁ DE REFERENCIA?
Con fecha 12 de abril de 2021, las organizaciones sindicales CCOO, UGT, CSIF y CIG, han firmado el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado (MGNAGE) sobre el desarrollo del teletrabajo en la Administración General del Estado (AGE).
El teletrabajo consiste en una modalidad de prestación de servicios a distancia. Será voluntario y reversible y su utilización viene supeditada a que se garantice la prestación de los servicios. En el caso de situaciones excepcionales de fuerza mayor que supongan la restricción o limitación de la movilidad acordada por la autoridad competente; se podrá autorizar la prestación de servicios por teletrabajo de forma forzosa, mientras persistan tales circunstancias.
No resultará de aplicación al personal militar de las Fuerzas Armadas, ni al personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, ni al destinado en establecimientos sanitarios, ni al que preste servicios en centros docentes o de apoyo a la docencia, ni a Jueces, Magistrados, Fiscales y demás personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. Estos colectivos se regirán, en su caso, por su normativa específica en materia de teletrabajo.
El teletrabajo se aplicará a los puestos de trabajo susceptibles de ser desempeñados por esta modalidad, previa solicitud y autorización, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias de cada departamento u organismo, y garantizando en todo caso la atención directa presencial a la ciudadanía y estará sujeta en todo caso a las necesidades del servicio.
Los solicitantes deberán encontrarse en servicio activo, y acreditar una antigüedad mínima de un año en el puesto y unidad, sin perjuicio de los requisitos que deban cumplir para el desempeño de las funciones en esta modalidad de trabajo, que habrán de ser públicos.
La Administración proporcionará a las personas que trabajen en esta modalidad un equipo informático con tarjeta de datos y las aplicaciones, herramientas ofimáticas y de ciberseguridad necesarias para su actividad, así como formación específica en el uso de las herramientas técnicas, prevención de riesgos laborales, seguridad de la información y protección de datos en el teletrabajo.
La modalidad general de teletrabajo, en cómputo semanal, consistirá en dos días en modalidad presencial y tres en modalidad de teletrabajo.
La Federación de Servicios Públicos de UGT, por su parte, ha calificado el acuerdo de "histórico", pues permitirá regular el teletrabajo en la AGE con "transparencia, objetividad y estabilidad".
Supone un "cambio fundamental" que se hayan conseguido negociar los criterios sobre las funciones que se pueden prestar a distancia o sobre la evaluación del cumplimiento de los objetivos marcados.
"Parece que ha sido necesario que esta pandemia haya puesto de manifiesto el papel imprescindible de los servicios públicos para garantizar los derechos de la ciudadanía", ha señalado Vera, que ha insistido en la necesidad alcanzar una mayor concreción en algunos elementos cuando se desarrolle el Real Decreto.