ACCESO A LA POLICÍA NACIONAL:
El Tribunal Supremo ha anulado el requisito de tener una estatura mínima de 1,60 metros exigido a las mujeres para hacer las pruebas de ingreso en la Policía Nacional al considerar que es una discriminación indirecta respecto de los hombres.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha justificado que el mínimo impuesto a los hombres es menos exigente, de 1,65 metros, ya que el porcentaje de mujeres que no alcanza su altura exigida es mucho mayor (25 %) que el de hombres (3 %).
En octubre de 2017, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) juzgó que era discriminatorio exigir la misma altura para hombres y mujeres. Pero ahora el Supremo considera que no basta con establecer marcas mínimas diferentes si, además, no se tienen en cuanta las acreditadas diferencias de estatura media, según sexo, de la población española.
A raíz del recurso de una mujer excluida en 2017
Con esta sentencia, el Supremo estima el recurso de una mujer que fue excluida en 2017 del proceso selectivo para ingresar en la Escala Básica de la Policía Nacional porque medía 1,56 metros y, por lo tanto, no cumplía con el requisito de la estatura mínima.
La afectada recurrió el acuerdo del tribunal del proceso selectivo ante el Consejo de Ministros, quien desestimó su petición por silencio administrativo. Por ello, planteó un recurso ante el Supremo, al que reclamó además la anulación del requisito establecido en el artículo 7.c del Reglamento de los procesos selectivos y de formación del Cuerpo Nacional de Policía.
Para ella, la discriminación se producía porque los límites fijados no concordaban con las estaturas media actuales de los hombres (1,74) y mujeres (1,63) entre los 20 y los 49 años en España. Con estos datos, argumentaba que era mucho mayor el porcentaje de mujeres que no alcanzaban la estatura requerida que el de hombres, de modo que solo con una estatura mínima de 1,54 metros para las mujeres habría igualdad.
Ahora, el Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de la mujer a realizar las pruebas y ha anulado su exclusión del proceso selectivo de 2017. Así, si aprobara, se le reconocerían la antigüedad y el escalafón que le corresponderían si hubiera podido aprobar entonces.
Al estimar el recurso, el Supremo apunta que la finalidad de la norma de permitir la participación plena de ambos sexos en las funciones propias del Cuerpo de Policía, "en nada se relaciona con ese requisito de estatura mínima diferente que es en sí mismo discriminatorio por restrictivo para el acceso de la mujer".
Los magistrados han subrayado que, en primer lugar, atañe a la Administración demostrar la existencia de razones objetivas y legítimas para una diferencia de trato que no sea discriminatoria. Sin embargo, no se ofrece ninguna justificación en el preámbulo del reglamento.
El abogado del Estado, por su parte, argumentó que los agentes de policía, con independencia de su sexo, deben poseer unas características que permitan valer para diferentes puestos en función de las necesidades. A ello, la sentencia ha respondido que la norma tampoco recoge "justificación" en relación con "esa polivalencia y su influencia en el mantenimiento de la seguridad ciudadana".
Además, la Sala subraya que dentro del proceso selectivo hay pruebas físicas y médicas que garantizan la idoneidad física y médica para ejercer de policía. Como señala la afectada, dentro de la estructura del Cuerpo policial existen también muchas áreas funcionales que no necesitan ninguna condición física especial, "y mucho menos tener una estatura más o menos elevada".
Finalmente, la sentencia recuerda que otros cuerpos policiales, como la Guardia Civil, piden una estatura mínima menor que en la policía. En la escala de cabos y guardias, por ejemplo, se exige 1,60 m. para hombres y 1,55 m. para mujeres.
En febrero, el Ministerio del Interior anunció que la Dirección General de la Policía Nacional suprimirá el requisito de estatura mínima para ingresar, una medida que podría estar implantada en la próxima convocatoria de pruebas prevista para el año 2023.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, destacó que la medida serviría para romper "uno de los techos de cristal" que torpedeaba el acceso de la mujer. "La actual regulación es más restrictiva para la mujer. Su límite está solo dos centímetros por debajo de la estatura media de las mujeres, mientras que en el caso de los hombres el margen llega hasta los nueve centímetros", defendió. --