Wikipedia

Resultados de la búsqueda

sábado, 29 de septiembre de 2018

IN MEMORIAM



Resultado de imagen de lazo negroA DAVID VÁZQUEZ






La muerte se lleva todo lo que no fue, 
todo lo que no pudo ser... 
pero nosotros nos quedamos 
con lo que tuvimos, 
con todo lo bueno que si fue. 

Hoy, todos rotos por el dolor despedimos a un compañero entre compañeros, a un amigo que escuchaba, al Concejal, y a la buena persona que le costaba decir que no.

He pasado por tu despacho, pensando que todo era fruto de un mal sueño, quería abrir la puerta y que allí estuvieras sentado, con esa sonrisa generosa, amplia y clara, invitando a pasar y dispuesto a escuchar a todos los que nos hemos acercado; sin mirar cargos ni cargas, sólo trabajadores y compañeros. 

Aquel jueves, nos cruzamos y me insististe en tu voluntad de llevar adelante aquel acuerdo; me hablaste de la mesa de formación y de muchas más cosas, rápidas, de forma telegráfica, como hacías las cosas, sin discursos, sin literatura y solo con hechos... quedamos para el lunes


La muerte se lleva todo lo que no fue, todo lo que no pudo ser... pero nosotros nos quedamos con lo que tuvimos, con todo lo bueno que si fue. 

Las compañeras y compañeros de UGT en el Ayuntamiento de Palencia, desde la absoluta tristeza y el dolor por su pérdida mandamos nuestro más sincero pésame a su Familia y Amigos, a sus Compañeros de Corporación, y a todos los que tuvimos la suerte de conocerte. 


Un abrazo donde estés

jueves, 27 de septiembre de 2018

Guía ARTEMISA : actualizada 2018

GUÍA ARTEMISA 

-actualizada - 



(nueva edicción de esta utilísma Guía de UGT). 
  • La guía del proyecto ARTEMISA, que UGT gestiona desde el año 2003, tiene como objetivo difundir los derechos relacionados con la maternidad, la paternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, tanto de los trabajadores como de las trabajadoras, a través de una lectura ágil y dinámica.
    Utilizando las preguntas más frecuentes que llegan al Servicio Jurídico de UGT, la guía pretende dar respuesta a todo lo que las trabajadoras y trabajadores deben saber sobre:
    • Permisos de maternidad y de paternidad
    • Permiso de lactancia
    • Reducción de jornada por cuidado de hijos, hijas y familiares, y por cuidado de menores afectados de cáncer u otra enfermedad grave
    • Excedencia por cuidado de hijos, hijas y familiares
    • Permisos para cuidados de familiares enfermos
    • Otras fórmulas para conciliar la vida personal, familiar y laboral
 

IMG_20180920_163543 (1).jpg

lunes, 17 de septiembre de 2018

RETENES DE BOMBERO: reinterpretando a Europa



Resultado de imagen de bombero de retenLAS GUARDIAS LOCALIZADAS DE BOMBEROS: 



Reinterpretando 


Superada las vacaciones, nos volvemos a encontrar con temas controvertidos pero que permanecen vivos, olvidándonos de leyes y reglamentos y quedando sujetos a la jurisprudencia de Tribunales y a las sentencias de los juzgados, más parecidos al mundo anglosajón y de las series yanquis que a lo que estábamos acostumbrados.
Hoy, retomamos la cuestión de las guardias localizadas, en  los servicios de bomberos. 
ACTO I: En el pasado lejano 
En un La controversia sobre la calificación del “tiempo de guardia” y/o “tiempo a disposición” como tiempo de trabajo ha sido abordada en diversas ocasiones por el TJUE. Así, las sentencias 3 de octubre de 2000 (C‑303/98), Simap;  9 de septiembre 2003 (C-151/02), Jaeger; 1 de diciembre 2005 (C-14/04), Dellas y otros; y 10 de septiembre 2015 (C-266/14), Tyco; y Autos 11 de enero 2007 (C-437/05), Vorel; y 4 de marzo de 2011 (C-258/10) Grigore.
ACTO II: En el pasado cercano "MATZAK"

Pues bien, el último episodio se ha dado a conocer con la sentencia de 21 de febrero 2018 (C-518/15), Matzak.
En este caso, el TJUE ha afirmado que el tiempo de guardia que un trabajador belga (bombero voluntario) pasa en su domicilio con la obligación de responder a las convocatorias de su empresario en un plazo de ocho minutos debe considerarse «tiempo de trabajo» (especialmente, porque restringe considerablemente la posibilidad de realizar otras actividades personales y sociales).


ACTO III: En el presente, "una nueva realidad Madrid y los bomberos forestales"
En el momento presente, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 28 de julio 2018, resuelve la demanda de conflicto colectivo interpuesto por UGT, y rechazan la consideración de las guardias localizadas del personal dedicado a las tareas de extinción de incendios forestales en la Comunidad de Madrid. 

Discrepamos con la argumentación de la sentencia de este primer caso (según nuestros datos) y diferimos ya que fundamentan en los aspectos cuantitativos mientrás que nosotros consideramos que la disponibilidad de la guardia es una cuestión de calidad de la vida privada; centrémonos en el estudio:

A. Detalles del caso y fundamentación
Toda la cuestión gira sobre la consideración como "tiempo de trabajo" el tiempo en que dichos trabajadores deben permanecer en situación de "disponibilidad Grado I" según su Convenio Colectivo del Sector de Prevención- Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad de Madrid.
El art. 36 del Convenio define la disponibilidad como:
"Es aquella en el que trabajador deberá presentarse completamente equipado en el punto de encuentro en un plazo máximo de treinta minutos desde el momento en el que se le comunique."
El Tribunal español al comparar ambos casos, el del bombero Matzak con el colectivo de Madrid, considera que no son casos equiparables; según los siguientes elementos: 
  • El caso resuelto por el TJUE: detalle de los elementos:


  1.  supone, de una parte, la obligación de estar en un lugar determinado por el empresario –su vivienda- 
  2. La necesidad de presentarse en el lugar de trabajo en un plazo muy breve; 15 minutos
  • El caso de nuestros bomberos forestales de Madrid, se diferencia en:

  1. No se les obliga a estar en un sitio concreto
  2. el tiempo para acudir al puesto de trabajo es más generoso.
La sentencia acude a todo tipo de clichés sociales, que os detallo para entender las diferencias  con la sentencia de los tribunales europeos:

  • Es inherente al concepto de guardia que les limite el poder realizar cualquier actividad.
  • También que el tiempo para incorporarse al puesto es por necesidad y por principio breve. 
  • el remate final es que el tribunal entiende que como es el medio rural deberán vivir en los pueblos limítrofes y su vida social y familiar se desarrolla en esa zona. 
  • El desplazamiento entre pueblos es, mucho más rápido que en las ciudades. 
  • Conclusión: la doctrina Matzak.
  • No se obliga al trabajador a permanecer en un sitio concreto como podía ser su domicilio sino que se le permite desplazarse siempre que reúna los requisitos anteriores. 
CRÍTICA: 
Como punto de partida, es importante recordar que la doctrina Matzak se refiere a un planteamiento excepcional con respecto a la línea interpretativa que ha estado manteniendo el TJUE con respecto a las guardias localizadas.
Recuérdese que, en este sentido, entiende que (caso Matzak, ap. 59)
"el factor determinante para la calificación de «tiempo de trabajo», en el sentido de la Directiva 2003/88, es el hecho de que el trabajador está obligado a hallarse físicamente presente en el lugar determinado por el empresario y a permanecer a disposición de éste para poder prestar sus servicios inmediatamente en caso de necesidad".
anopliando, que (ap. 60):
"no ocurre lo mismo en la situación en la que el trabajador efectúa una guardia según el sistema de guardia localizada, que implica que esté accesible permanentemente sin no obstante deber estar presente en el lugar de trabajo. En efecto, aunque esté a disposición de su empresario en la medida en que debe estar localizable, en esta situación el trabajador puede administrar su tiempo con menos limitaciones y dedicarse a sus intereses personales".
CASO MATZAK:  el supuesto de guardia localizada, es calificado como tiempo de trabajo porque (ap. 63)
"la obligación de permanecer presente físicamente en el lugar determinado por el empresario y la restricción que, desde un punto de vista geográfico y temporal, supone la necesidad de presentarse en el lugar de trabajo en un plazo de ocho minutos, limitan de manera objetiva las posibilidades que tiene un trabajador que se encuentra en la situación del Sr. Matzak de dedicarse a sus intereses personales y sociales".
Conclusión final: En cualquier supuesto que nos encontremos con circunstancias similares a las descritas, en el supuesto que nos atañe, no podremos calificar la guardia como tiempo de trabajo.  (Todavía veremos mucho más)




jueves, 6 de septiembre de 2018

INSPECCIÓN TRABAJO: ¡POR EL TRABAJO DIGNO!

 EL PLAN DIRECTOR POR UN TRABAJO DIGNO PARA LUCHAR CONTRA LA PRECARIEDAD Y MEJORA LA CALIDAD EN EL EMPLEO.


  • El objetivo es recuperar derechos laborales perdidos por los trabajadores durante los años de la crisis económica
  • El impacto económico estimado es de 30 millones de euros, lo que supone un incremento del 10% del presupuesto de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
  • Se prevé la incorporación de 833 nuevos inspectores y subinspectores, un aumento del 23% del total de la plantilla. 
  • Los dos planes de choque de intervención inmediata de lucha contra el fraude en la contratación temporal y contra los abusos en la contratación a tiempo parcial comenzaron a aplicarse desde el 01 de agosto.
    • Los planes están dirigidos a aquellas empresas que incumplen la normativa laboral y de Seguridad Social
    • Con su aplicación se persigue regularizar el fraude y generar un efecto disuasorio entre las empresas incumplidoras
  • El Consejo de Ministros ha aprobado este plan, a propuesta de la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, el Plan Director por un Trabajo Digno 2018-2020, cuyo objetivo es luchar contra la precariedad y mejorar la calidad del empleo y las condiciones de trabajo. “En definitiva lo que pretende este Plan, según ha destacado la ministra, es recuperar los derechos laborales perdidos por los trabajadores en los años de crisis económica”.
Resultado de imagen de ministra trabajo
El impacto económico estimado es de 30 millones de euros durante su vigencia, lo que supone un incremento del 10% en los presupuestos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que estaban prácticamente congelados desde 2012.
La titular de Trabajo ha explicado que el Plan se dirige “contra aquellas empresas que incumplen la normativa laboral y de Seguridad Social vigente, lo que provoca una merma en la competitividad y productividad de la economía española, y ataca los derechos fundamentales de los trabajadores”.
Las medidas de refuerzo de los recursos humanos contemplan la incorporación de 833 nuevos inspectores y subinspectores, lo que supone un incremento estimado del 23% del total de la plantilla.
El Plan Director se enmarca en la consecución de los objetivos estratégicos definidos por la Organización Internacional del Trabajo: la promoción de los derechos fundamentales en el trabajo; el empleo; la protección social y el diálogo social. Además, el Plan refuerza la garantía de sostenibilidad presente y futura de la Seguridad Social y de las prestaciones sociales.
La ministra ha explicado que el Plan se ha consultado con las comunidades autónomas, los agentes sociales, asociaciones de trabajadores autónomos y de la economía social, que han aportado observaciones y sugerencias.
Medidas contra el abuso y el fraude en los contratos
Una vez valorados los principales problemas detectados por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, el Plan recoge 75 medidas operativas y organizativas, orientadas a luchar contra el abuso y el fraude en la utilización de los contratos temporales, contratos a tiempo parcial, los excesos de jornadas y horas extraordinarias no pagadas, e incumplimientos en materia salarial. Asimismo, promoverá la igualdad, la regularización de los falsos autónomos, entre otras figuras.
Sin embargo, para la ministra de Trabajo todas las medidas que incluye el Plan no solucionan la precariedad y la explotación laboral, “es necesario, ha precisado, adoptar reformas normativas, que deben enmarcarse en el diálogo social y en el diálogo político en el Parlamento”.
Planes de choque
Hay dos Planes de choque previstos, uno contra el fraude en la contratación temporal y otro contra la utilización irregular de la contratación a tiempo parcial, con el fin de conseguir la regularización de situaciones fraudulentas detectadas. Aunque las medidas serán implementadas en el corto y medio plazo, ambos planes disponen de acciones inmediatas en sus ámbitos de actuación, que comienza el 1 de agosto hasta el 31 de diciembre.
Seguimiento y evaluación del Plan
El Plan prevé la realización de un seguimiento semestral del cumplimiento de las medidas, en el seno de la Comisión Permanente del Consejo Rector, y de la Comisión Permanente del Consejo General del Organismo Estatal de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. También se evaluarán los Planes de choque en enero de 2019, y del Plan Director en su conjunto, en julio de 2020.
Más impulso a la lucha contra el fraude
 En línea con las actuaciones de lucha contra el fraude, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) han reanudado formalmente la cooperación mediante la firma del Convenio entre ambas entidades centrado en hacer más eficaz la lucha contra el fraude a la Seguridad Social y las nuevas formas de intento de vulnerar la normativa de cotizaciones.
 En esta estructura de colaboración, que se ha formalizado hoy con la firma del convenio, se incluye la elaboración conjunta de un Plan Anual de Objetivos para combatir formas concretas de fraude, determinando las acciones a realizar, los objetivos a conseguir y la infraestructura de medios necesaria. El Plan de Objetivos tiene habitualmente carácter anual, si bien es cierto que en 2018 tendrá una duración reducida de tan solo cinco meses –del 1 de agosto al 31 de diciembre- con una dotación presupuestaria de 960.000 euros.
DESCARGA AQUÍ: 

martes, 4 de septiembre de 2018

POEMA 2: EL AMOR DESPUÉS DEL AMOR


Resultado de imagen de amor propio


EL AMOR DESPUÉS 
DEL AMOR

Derek Walcott



Querido compañero: sigo con las entradas de "POESÍA PARA LA ACCIÓN SINDICAL". 

En esta ocasión, he elegido este poema del premio Nobel: Derek Walcott, porque nos habla del gran amor por excelencia y al que debemos permanecer siempre fieles: EL AMOR PROPIO


Por prescripción y salud propia, para poder entregarnos a otros y a otras causas y poder sacrificarnos debe existir una admiración, un aprecio y auténtico amor por aquel que nos mira cuando nos asomamos al espejo.



EL AMOR DESPUÉS DEL AMOR

Un tiempo vendrá
en el que, con gran alegría,

te saludarás a ti mismo,

al tú que llega a tu puerta,

al que ves en tu espejo
y cada uno sonreirá a la bienvenida del otro,
y dirá, siéntate aquí. Come.




Seguirás amando al extraño que fuiste tú mismo.

Ofrece vino, Ofrece pan. Devuelve tu amor

a ti mismo, al extraño que te amó

toda tu vida, a quien no has conocido
para conocer a otro corazón
que te conoce de memoria.




Recoge las cartas del escritorio, 

las fotografías, las desesperadas líneas,

despega tu imagen del espejo.

Siéntate. Celebra tu vida. 



Derek Walcott (Castries, isla de Santa Lucía, 1930-2017), poeta y dramaturgo caribeño que fundió la tradición cultural antillana con la poesía clásica y moderna en lengua inglesa. 
Premio Nobel de literatura 1992. 
Resultado de imagen de walcott poemas