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lunes, 18 de mayo de 2015

AJUSTAR CUENTAS: ¡Es tú momento!


EL MOMENTO DE AJUSTAR CUENTAS (I) 



Desde esta Sección Sindical nunca hemos aceptado injerencias políticas y por coherencia tampoco hemos pedido el voto para ningún candidato o partido; no obstante; y en esta ocasión si pediremos el NO VOTO como empleados públicos y defensores de lo público a aquellos que desde la esfera en que gobiernen han perjudicado, dañado o lesionado ese concepto de "lo público.

No podemos olvidar aquel fatídico 14 de julio de 2012, fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad


Espero que recuerdes aquel día como uno de los más negros en la historia de los empleados públicos de España. Donde se nos suprimió la paga extraordinaria de Navidad. Donde se nos suprimieron todos los días adicionales de vacaciones y de asuntos particulares por antigüedad. Donde se nos catalogó como delincuentes penalizándonos si nos ponemos enfermos descontando hasta un 50% de nuestro salario. Donde se pretendía anular todos los pactos y acuerdos. Donde se nos restringieron derechos sindicales. Donde, en definitiva, se nos hizo las víctimas y paganos de una situación de desastre económico y sobre todo se nos arrojo a las fauces de los poderes económicos ansiosos de desacreditar la función pública como puerta de entrada para culminar sus ansias privatizadoras como forma de ampliar sus negocios y pingües beneficios jugando con derechos fundamentales de las personas como la salud, la educación.

Pero qué decir del Partido Popular (PP). Aún peor. Nos ha seguido sometiendo a una congelación salarial de por vida. A una tasa de reposición del 0% que está llevando al colapso a muchos servicios públicos. A un insulto permanente hacia la labor de las empleadas y empleados públicos; a una campaña de descrédito continúo que si no cumplimos la jornada, que si sobramos millones o que si somos unos vagos demasiado bien pagados.


El PP no ha disimulado con los infinitos nombramientos "a dedo", comisarios políticos que han desembarcado en todas las administraciones y dóciles técnicos dispuestos a disimular su incompetencia con la obediencia debida y agradecida. Nombramos a fulanito y cuando consolide las retribuciones damos el cargo a menganito dócil militante y compañero de pupitre de algún regidor incompetente para que también tenga derecho al engorde porcino. Comisiones de servicio y libres designaciones y los principios de igualdad mérito y capacidad se reducen a ridículos versos para incluir en sus coloridos programas. 

El 24 de mayo, es primera cita para ajustar cuentas contra la corrupción. Tenemos y tienes que experimentar el cambio. Desalojando de las comunidades autónomas, y Ayuntamientos.... luego vendrán más urnas hasta alcanzar La Moncloa. 
Como Empleado y empleada pública nos sobran razones para participar activamente, con nuestro voto, en su extinción y que nuestro voto, TÚ VOTO, vaya directamente a aquellos que apuesten por lo público, y que en esta larga campaña se han comprometido, jurando y perjurando que está vez apuestan por lo público. 
Es el momento de dejarlo claro, es el momento de AJUSTAR CUENTAS; yo lo tengo claro. 

NOVEDADES LEGISLATIVAS: Lo que pronto veremos

PROYECTO LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO 

Frómista capiteles
LEY DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO


Publicado hoy en el boletín de Congreso de los Diputados; caliente caliente: 
Proyecto Ley  de Procedimiento administrativo (pincha enlace documento)

Proyecto de Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. (pincha enlace documento)

viernes, 15 de mayo de 2015

PIENSA EN PALENCIA, SIENTE PALENCIA

Tu Participas, Tu decides: Piensa en Palencia  y su gente


Abstención

La abstención es simplemente el hecho de no ejercer el derecho al voto en unas elecciones, es decir, no ir a votar. Claro está, al no acudir a votar no hay votos que sumar a ningún partido ni al total, por lo que directamente no afectan a los resultados.
Sin embargo, en España está comprobado que altas tasas de abstención suelen beneficiar a la derecha (PP) mientras que normalmente perjudican a los partidos de izquierdas.


INVICTUS: sin palabras



INVICTUS

Fuera de la noche que me cubre,
Negra como el abismo de polo a polo,
Agradezco a cualquier dios que pudiera existir
Por mi alma inconquistable.
En las feroces garras de la circunstancia
Ni he gemido ni he gritado.
Bajo los golpes del azar
Mi cabeza sangra, pero no se inclina.
Más allá de este lugar de ira y lágrimas
Es inminente el Horror de la sombra,
Y sin embargo la amenaza de los años
Me encuentra y me encontrará sin miedo.
No importa cuán estrecha sea la puerta,
Cuán cargada de castigos la sentencia.
Soy el amo de mi destino:
Soy el capitán de mi alma.
En torno a este gran poema, aparecen historias sobre historias, primero nos centramos en su autor el poeta inglés William Ernest Henley (1849–1903); todo un protagonista de la vida para tener en cuenta, y este poema es traducción de su actitud ante las dificultades de la vida. Henley sufrió tuberculosis de niño, tuvo que pasar un año postrado y tuvieron que amputarle una pierna a raíz de la enfermedad. No se hundió, no dejó de hacer cosas; llegó a entrar en la Universidd de Oxford en 1867.  
En 1875 escribe este poema desde una Cama de hospital y su vida activa inspiro  su amigo Robert Louis Stevenson el inolvidable personaje de Long John Silver en “La Isla del Tesoro”.  
En esta historia de grandes personajes nos encontramos ante el grandísimo Nelson Mandela, que lo tuvo muy presente durante los 27 años que duró su cautiverio y que se ha popularizado con la película de otro gran personaje que pasará a la historia en este caso por Clint Eastwood
Soy el amo de mi destino, soy el capitán de mi alma.

viernes, 8 de mayo de 2015

PARA EL QUE VENGA: 10 medidas + 1




Hace cuatro años tuvimos un candidato a alcalde que nunca se creyó que pudiera aspirar a semejante silla. Pero, la humildad se desvaneció la misma noche del escrutinio y Polanco, junto a su equipo, y en especial con la entonces candidata número 7  (la de siempre) "creyerónse" investidos de  poder divino, llamados por las alturas a gobernar e imponer orden en la "tierra de nadie".

Junto con los vientos traídos de la capital del reino e incluso de Berlín que olían a cambios, les permitió entrar desoyendo consejos, desordenando lo que funcionaba, desgobernando lo "sospechoso" y con tanta seguridad en sus arrebatos, empujones y coacciones que poco a poco, todo, bajo la capa del desconcierto, se sumía en la desmotivación, en el sentirse sospechoso permanente, o en la inseguridad que genera que quien manda aún ignora más pero no se deja aconsejar por sospechas y recelos. 

No queremos que vuelva a pasar y desde la Sección Sindical hemos elaborado un documento con DIEZ CRITERIOS que deberán tener en cuenta el próximo candidato a sentarse en la silla del máximo regidor local; diez principios que se resumen en uno y fundamental que es el respeto a los empleados locales y no toleraremos faltas de respeto, posibles coacciones o desprecio total a la profesionalidad de nuestros compañeros como hemos sufrido. 

Tenemos claro que se debe apostar por un modelo de gestión pública, basándose en la modernización de la administración, en la profesionalización e independencia de su personal, y que la transparencia sea garantía contra la corrupción y la negociación colectiva como institución fundamental de las relaciones laborales que conduzcan a la paz social. 

MEDIDA 1.- PRESTIGIO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. APUESTA POR UNA GESTIÓN PÚBLICA FRENTE A LAS PRIVATIZACIONES.
ü          Frenar las privatizaciones y recuperar servicios privatizados y externalizados. (guarderías, educación vial, aulas tercera edad, etc.)
ü     Valorar la profesionalidad del personal poniendo todos los medios técnicos y de formación necesarios a su alcance. 

MEDIDA 2.- SERVICIOS PÚBLICOS DOTADOS CON SUFICIENTES RECURSOS HUMANOS:
ü            Cubrir todos los puestos de trabajo vacantes, y las ausencias temporales.
ü        Retomar las Ofertas de Empleo Público, con convocatorias periódicas para cubrir las necesidades existentes.
ü    Gestionar de forma transparente las bolsas de empleo, con suficientes datos y actualización permanente de las mismas en la web municipal.
ü   Rechazar la figura de la libre designación como forma de acceso a esta Administración. 
MEDIDA 3.- EMPLEOS PÚBLICOS DE CALIDAD:
ü            Convocar procesos de consolidación tanto para personal laboral como funcionario, necesariamente ambiciosos y ejecutados en un plazo breve, que permitan reducir la altísima tasa de temporalidad.
ü            Reordenar los efectivos, avanzando en la figura del empleado público y retomar los procesos de FUNCIONARIZACIÓN.
ü            Desarrollar procesos de PROMOCIÓN INTERNA y la movilidad mediante concursos voluntarios permanentes.
ü            Abolir la contratación del PERSONAL DE COLABORACIÓN SOCIAL, que es forma encubierta de suplir vacantes y necesidades de personal.
ü            Regular la figura del BECARIO, y evitar acudir a esta figura de forma fraudulenta para tener trabajadores auténticos de bajo coste. El tiempo del becario se tendrá en cuenta a la hora de los procesos selectivos como mérito de acceso. 

MEDIDA 4.-  RECUPERAR LA JORNADA DE 35 HORAS SEMANALES.
ü            Está medida permite la creación directa de puestos de trabajo.
ü            Se aumenta la productividad del empleado y se reducen los costes.
ü     Es una medida que favorece la CONCILIACIÓN E IGUALDAD; e implica una clara mejora de la satisfacción del empleado público. 

MEDIDA 5.- EVALUACIÓN DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS:
ü   Se aumenta así la competitividad, progresando hacia una modernización de la Administración y que permitan poder adoptar decisiones políticas bajo criterios objetivos y cuantificables.

MEDIDA 6. RECUPERAR LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA COMO INSTRUMENTO FUNDAMENTAL PARA LA REGULACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO:
ü            Recuperar la negociación colectiva bajo los principios de la buena fe, y reconocer en los órganos de representación el protagonismo que tienen, como cauce efectivo y recíproco de transmisión de las inquietudes entre el personal y el Ayuntamiento.
ü            Funcionamiento real y efectivo de la Mesa General de Empleados Públicos.
ü            Dotar a las Mesas de Negociación y Comisiones de Interpretación de reglamentos de funcionamiento que otorguen máxima seguridad jurídica a los Acuerdos que se adopten. 
ü            Actualización puntual de los Acuerdos y Convenios vigentes en aquellos puntos que vía negociación se considere oportuno por su desfase ante otras administraciones 

MEDIDA 7.- RECUPERACIÓN DEL PODER ADQUISITIVO DE LOS EMPLEADOS Y EMPLEADAS PÚBLCIAS:
ü            Fijar un CALENDARIO DE RECUPERACIÓN del poder adquisitivo (salario real desde 2010; paga extra íntegra 2012, compensación por enfermedad y aportaciones a planes de pensión).
ü            Fijar el incremento anual retributivo al coste real de la vida.
ü  Analizar y corregir la actual discriminación salarial y desigualdad con otras administraciones locales como Diputación o Ayuntamientos de Castilla y León, permitiendo la homogeneidad con los mismos. 

MEDIDA 8.- FORMACIÓN DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS:
ü            Durante años, se ha carecido de un Plan de Formación integral para la totalidad de la Plantilla.
ü            Es necesario dotarse de instrumentos que permitan detectar las necesidades formativas y las propias aspiraciones del personal. 
MEDIDA 9.- SEGURIDAD E IGUALDAD:
PLANES EN MATERIA DE SALUD LABORAL:
ü      Atender los reiterados requerimientos de la Inspección de Trabajo en materia de prevención de riesgos y salud laboral.
ü      Implantar los Planes de Emergencia y evacuación que con un retraso de 20 años, aún no se han realizado. 
ü      Realizar una Evaluación de los Riesgos Psicosociales a la totalidad de los puestos de trabajo.

PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES:
ü      Aprobar el Plan General de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, realizar un seguimiento del mismo y su evaluación. Enmarcados dentro de la negociación colectiva. 
MEDIDA 10.- CONCILIACIÓN D ELA VIDA LABORAL, FAMILIAR Y PERSONAL:
ü      Elaborar un PLAN CONCILIA, que permita compatibilizar el trabajo con el desarrollo deuna vida personal plena y satisfactoria.
ü      Habilitar mecanismos individualizados para que en todos los puestos sea posible la mayor flexibilización de la prestación de la jornada laboral.
ü      Estudiar e implantar medidas que posibiliten el teletrabajo.













jueves, 7 de mayo de 2015

PAGA EXTRA: Pase torero y me lo quito de enmedio


EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SENTENCIA SOBRE LA DEVOLUCIÓN DE PARTE DE LA PAGA EXTRA


 Con fecha 30 de abril de 2015, el Pleno del Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia en la que, por unanimidad, declara la extinción, por pérdida sobrevenida de objeto, de la cuestión de inconstitucionalidad formulada por la Audiencia Nacional contra el Real Decreto-ley 20/2012, que suspendió el abono a los funcionarios de la paga extraordinaria de diciembre del año 2012.

La decisión ha sido adoptada después de que, el pasado mes de enero, se hiciera efectiva la recuperación de una parte de dicha paga, tal y como dispone la disposición adicional 12.ª de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2015.  
Según el mismo Tribunal, la aplicación de lo dispuesto en esta ley determinará también, y por el mismo motivo, la extinción de la mayoría de las decenas de cuestiones de inconstitucionalidad formuladas por distintos órganos jurisdiccionales contra el real decreto de supresión de la paga.
Es decir; el Tribunal Constitucional no se moja. Como el Gobierno ha devuelto los 44 días devengados de la paga extra de Navidad, ya no existe causa, por lo que se inhibe de hacer una declaración sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la aplicación del Real Decreto 20/2012.
1800847No obstante, siguen en proceso los numerosos recursos sobre más cuestiones de inconstitucionalidad del citado Real Decreto de los recortes. El Gobierno ha evitado un primer pronunciamiento del Tribunal Constitucional tras los numerosos fallos de Tribunales Superiores de Justicia ordenando el abono de los días devengados, pero aún sigue pendiente determinar el resto de medidas que supusieron un brutal ataque contra los empleados públicos de este gobierno desmantelador y enemigo del servicio público.
Más información en Noticias Jurídicas.

miércoles, 6 de mayo de 2015

ULTRAACTIVIDAD DEL CONVENIO: Y llego la enésima sentencia

EL TRIBUNAL SUPREMO VUELVE A AVALAR LA PREVALENCIA DE LOS CONVENIOS AUN CUANDO HAYAN PERDIDO SU VIGENCIA. 


Nuevo golpe a la reforma laboral de 2012. El Tribunal Supremo ha declarado que el III convenio colectivo de Air Nostrum sigue vigente hasta que ambas partes negocien uno nuevo y éste entre en vigor.

Recordamos la sentencia de diciembre en la misma línea argumental, entonces  el Supremo establecía que las condiciones contenidas en los convenios continuaban en vigor, aunque éstos expiraran, porque formaban parte de los contratos individuales.
Estos dos fallos sientan jurisprudencia sobre una de las cuestiones más controvertidas de la reforma laboral de 2012: la limitación a un año de la ultraactividad de los convenios, es decir, el fin de su prórroga automática.

UGT valora la sentencia del Tribunal Supremo, sobre el recurso de casación planteado por Air Nostrum a otra dictada ya por la Audiencia Nacional en julio de 2013, que vuelve a avalar la prevalencia de los convenios, aun cuando hayan perdido su vigencia, hasta que se pacte uno nuevo. 

Para el sindicato, esta sentencia supone un nuevo revés a la reforma laboral del Gobierno del PP y a algunos ámbitos empresariales que pretendían utilizarla para eliminar derechos y empeorar las condiciones de los trabajadores, y espera que ayude a resolver las dificultades que aún persisten, en relación a esta materia, en las negociaciones para el nuevo Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC). 

Según noticia publicada en el día de hoy, el Tribunal Supremo ya ha dictado Sentencia por la que resuelve el recurso de casación planteado por AIR NOSTRUM contra la dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 23 de julio de 2013, primera en la que se pronunciaban sobre la ultraactividad de los convenios colectivos después de la reforma laboral de 2012 que estableció, salvo pacto en contrario, la limitación de un año de su vigencia ultraactiva para aquellos convenios que hayan sido denunciados.


La Audiencia Nacional disipaba las dudas sobre la validez de los pactos previos a la reforma laboral al considerar prioritaria la autonomía colectiva frente a la norma. 

Ahora, con su recién pronunciada sentencia, el Tribunal Supremo avala este criterio que, unido al que contiene su sentencia del pasado 22 de diciembre (también referente a la regulación de la ultraactividad), sin duda supone un importante revés al ataque frontal efectuado por la reforma laboral de 2012 contra la negociación colectiva y a las pretensiones de determinados ámbitos empresariales de eliminar derechos y empeorar las condiciones laborales de los trabajadores. 
Para los necios sigue siendo una inesperada noticia...
cuánto payaso, perjudicando a la clase obrera. 

Para UGT es una satisfacción constatar que el criterio que hemos venido manteniendo sobre la validez de las cláusulas libremente pactadas por los negociadores es compartido por nuestros tribunales. 

Esperamos que tras esta sentencia clarificadora, estemos más cerca de resolver las dificultades que se vienen produciendo en el ámbito del diálogo social, concretamente en materia de ultraactividad, para alcanzar un acuerdo con las organizaciones empresariales.

En breve subiremos la sentencia.