MASA SALARIAL:
¡Fuera limitaciones!
El 11 de marzo publicamos en este blog la entrada "LÍMITES A LA MASA SALARIAL" ; contra la opinión de muchos "expertos" para los que siempre guardaremos un recuerdo muy especial porque sus consejos son garantía de acertar cuando se hace lo contrario, a lo que amablemente y gratuitamente indican.
Como personal laboral de un Ayuntamiento y siendo conscientes que mayoritariamente somos los grupos más bajos de la escala y con menores retribuciones, esta noticia de la Audiencia Nacional supuso un importante respaldo a nuestra teoría que reconocer y abonar un concepto fijado en nuestro Convenio Colectivo y ligado a la formación y al tiempo en la Administración junto con el cumplimiento de otros objetivos (concepto que denominamos CARRERA POROFESIONAL) era plenamente legal y válido en el contexto actual y dentro de las restricciones presupuestarias actuales.
Hoy, el INAP en el enlace la ADMINISTRACIÓN AL DÍA , se hace eco de dicha noticia, con el titular y noticia que transcribimos a continuación...
Conforme a la LPGE para 2013 cabe ampliar la masa salarial del personal laboral del sector público estatal siempre que tenga por finalidad la consecución de determinados objetivos
Estima la AN la demanda de conflicto colectivo, y declara el derecho de los trabajadores afectados por el conflicto a que las condiciones de integración en grupos y niveles retributivos o de progresión económica de la Disp. Trans. 4.ª del XVII Convenio Colectivo de TRAGSA, se apliquen al ser compatible con la LPGE para 2013.
Señala que el art. 27 de la citada norma contempla una regla general, según la cual desde el 1 de enero de 2013 la masa salarial del personal laboral del sector público estatal no podrá experimentar ningún crecimiento, aunque dicha regla contempla varias excepciones, de tal modo que cabe ampliar la masa salarial siempre que tenga por finalidad la consecución de determinados objetivos, mediante el incremento de la productividad, la modificación de los sistemas de organización del trabajo y la clasificación profesional. Concluye la Sala que en este caso concurría una de las excepciones previstas para los topes de incremento de la masa salarial, del que no cabe desdecirse unilateralmente por TRAGSA.
Puedes leer la nota íntegra del INAP en el siguiente enlace:
Puedes leer la nota íntegra del INAP en el siguiente enlace:
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