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miércoles, 11 de mayo de 2016

Bomberos voluntarios: Condena penal al Coordinador

 CONDENA PARA  EL COORDINADOR DE LOS BOMBEROS VOLUNTARIOS: 

Reflexión previa: 
En entradas anteriores, ya analizamos el accidente y hicimos referencia cuando se ha celebrado el juicio (anterior). 
El que haya sido condenado, aunque recurrible ante la Audiencia Nacional, no nos otorga ninguna especial alegría sino todo lo contrario. 
Desde la Sección Sindical de UGT, en el Ayuntamiento de Palencia, llevamos tiempo criticando, cuestionando y denunciando el tema de los bomberos voluntarios en la provincia, consideremos e incumplir con la Ley 4/2007 de la Ley de Protección ciudadana de Castilla y León, donde enmarca que debe se recoge la figura del Bombero Profesional como agente de la autoridad. Algún político regional es consciente que ni siquiera la Ley les nombra o se refiere a ellos.

Ahora son muchas las preguntas que debe responder nuestra presidenta de la Diputación, la Sra. Armisén:

  • ¿puede seguir optando por un modelo donde los vecinos de nuestros pueblos tienen una protección de segunda o tercera categoría más propia de países en vías de desarrollo?
  • ¿Recordamos que el condenado es un interino en la plaza? Diputación optará por darle plaza fija y pagar los favores. ¿tiene alguna deuda con semejante individuo?
  • un coordinador que ha demostrado ser un cobarde ante la metedura de pata, echando la culpa a un compañero.
  • Desacreditado ante todos los voluntarios que han comprobado su escasez de conocimientos, ha perdido todo el respeto para poder seguir ejerciendo su trabajo.
  • Incompetente manifiesto y sobrevenido, demostrado en los hechos... 
  • Por favor, Presidenta, dé un paso al frente, y profesionalice los parques de la provincia; el esfuerzo merece la pena.  Por favor, J.G.A.N.; vete a casa, retorna a los negocios familiares, haz cursos intensivos de humildad, y habilidades sociales. 

Condenan al coordinador de parques por el accidente de dos bomberos

ALBERTO ABASCAL - miércoles, 11 de mayo de 2016


El Juzgado de lo Penal de Palencia ha condenado a J. G. A. N., coordinador de los parques de bomberos voluntarios de la provincia de Palencia, que dependen de la Diputación Provincial, a una pena de cinco meses de prisión como autor responsable de dos delitos de lesiones imprudentes en concurso ideal, a consecuencia del accidente ocurrido el 19 de noviembre de 2013 en el Rocódromo de Palencia, en el que resultaron seriamente lesionados dos bomberos mientras realizaban un ejercicio dentro de un Plan de Formación que corría por cuenta de la Institución Provincial.


La sentencia, a la que ha tenido acceso Diario Palentino, le inhabilita además para el ejercicio del cargo de coordinador de parques de bomberos y responsable de seguridad en jornadas prácticas de los planes de formación continuada de bomberos durante el tiempo de condena.

La resolución, que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial, le impone además una indemnización, junto con la compañía de seguros  como responsable civil directa y de la Diputación como responsable civil subsidiaria, de 7.246,82 euros a A. D. D. por lesiones y secuelas, y de 18.178,08 euros a A. S. G. (defendidos ambos por el abogado palentino Eduardo Moreno) por idéntico motivo, además de los gastos médicos.

HECHOS: 
La sentencia considera como hechos probados  el día 19 de noviembre de 2013 tuvo lugar una jornada práctica de intervención y rescate en altura para bomberos, la cual estaba prevista en el Plan de Formación de 2013 para bomberos voluntarios desarrollado por la Diputación Provincial.
El acusado J.G.A.N. era coordinador de parques de bomberos y responsable de la seguridad del grupo de bomberos que la tarde del día 19 de noviembre de 2013 realizó dicha jornada práctica en el Rocódromo de Palencia.

Pasadas las 18,00 horas, tras finalizar el ejercicio un primer grupo de bomberos, se decidió repetir con el segundo grupo, con A.S.G., de 28 años, en el mismo, al objeto de que descendiera al pozo para rescatar a una presunta víctima (papel que realizaba un bombero voluntario A.D.D., también de 28 años en el momento de los hechos) con un mecanismo de contrapeso, sin que se utilizase línea de vida vertical.

A. S.G. carecía de todo tipo de experiencia de bajada en cuerda, en rapel, y en general en ninguna modalidad relacionada con la actividad, por lo que a la señal del acusado de iniciar el ejercicio se dejó caer al pozo, cayendo a peso muerto enganchado por error en la misma cuerda que su compañero A.D.D. Como consecuencia de este hecho, los dos bomberos resultaron gravemente heridos con diversas fracturas y lesiones que conllevaron días de hospitalización, así como jornadas impeditivas, además de secuelas.

Según la sentencia, el acusado actuó de manera «negligente».
«Consecuentemente, de una parte, concurrieron los requisitos de previsibilidad y evitabilidad del delito imprudente. El acusado ejecutó un hecho que infringía gravemente el deber objetivo de cuidado, impuesto por las máximas de experiencia, siendo previsible que su realización provocase un resultado lesivo (...) su conducta puede ser calificada de grave imprudencia», añade la titular del Juzgado de lo Penal.

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