Los que seguís con cierta frecuencia este blog (y sois muchos), sabéis de nuestra inclinación a favor de las nuevas tecnologías y de todos las herramientas que están cambiando nuestro modo de actuar, interactuar y de relacionarnos; como curiosidad señalar que nos proponemos para el próximo año acudir al youtube y a los videos directos en el Facebook, pero sólo si nuestros estilistas y asesores de imagen apoyan semejante iniciativa, (en esta sección sindical les hay guapos y otros simplemente resultones como decía mi abuela para no ofender).
Dejemos de divagar y centrándonos en el tema del título señalar que una gran herramienta de los últimos años está siendo el "whatsapp"; y en nuestra sana intención de agilizar la información y dar mayor participación al concepto de grupo creamos "grupos de whatsapp" y aquí pueden empezar los problemas para nuestra organización y para nosotros mismos, ya que puede entrar en colisión con la "protección de datos".
Avance de la conclusión final: no se pueden crear grupos de whatsapp e incluir en ellos a nadie sin su previo consentimiento
Traemos dos supuestos informados por la Agencia Española de Protección de Datos.
Imaginad que estamos a inicios de diciembre. Toca organizar la cena de la empresa y el sitio ya ha sido elegido. El dueño del restaurante decide crear un grupo de WhatsApp para tener a todos los asistentes localizados.
Uno de ellos, ejerciendo su derecho, decide salir del grupo ya que el dueño los ha metido a todos sin haberles preguntado antes (y no hay nada que cabree más que el que te metan en un grupo de WhatsApp sin tu consentimiento). ¿Qué pasaría a continuación? ¿Que uno de sus compañeros le diría la hora y el sitio? ¿O que el responsable del restaurante lo metería de nuevo en el grupo de WhatsApp y además lo amenazaría sutilmente mediante un mensaje privado, señalándole que si se volvía a ir del grupo, le cancelaría su reserva?
Los ingredientes de esta historia, se resúmen en los siguientes elementos.
la creación de un grupo de whatsapp con 255 números, obtenidos de ciudadanos que se habían relacionado con el ayuntamiento.
En ningún momento, los incluídos en el grupo prestan su consentimiento de ninguna forma, ni conocían que se fuese a crear.
Deducimos por quien lo crea que se mezcla el contenido político en dicho grupo.
El Ayuntamiento en su defensa alega que la intención era facilitar información, y que quien crea el grupo confundió entre crear un grupo o crear una lista de difusión.
Descargate los informes aquí:
CASO 1 - CENA
Caso 2 - Ayuntamiento
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