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viernes, 5 de enero de 2018

LS PENSIONES: novedades 2018 (3)

LAS PENSIONES EN EL 2018: 
(novedades 3) 
Entre los 789 euros y los 2.580

Con la subida del 0,25%, la pensión mínima de jubilación con cónyuge será de 11.044,6 euros en 2018, lo que supone 788,9 euros mensuales en 14 pagas. La máxima queda en 2,580,13 euros.


La pensión mínima de jubilación para las personas de 65 o más años con cónyuge a su cargo será de 11.044,6 euros anuales en 2018, mientras que para los beneficiarios menores de esa edad será de 10.353 euros al año.

Con el real decreto el límite máximo de pensiones públicas se fija para 2018 en 2.580,13 euros por mes (2.573,70 euro en 2017).

Así se desprende del real decreto sobre revalorización de las pensiones de clases pasivas, del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales, que publicó  el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 30 de diciembre. 

De esta manera, el Gobierno aplica la subida fijada en la Reforma de las Pensiones que, en función del índice de revalorización, establece que las pensiones crecerán, como mínimo, el 0,25 % y, como máximo, el IPC más el 0,50 %. Las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, así como de Clases Pasivas, experimentarán en 2018 con carácter general un incremento del 0,25 %. 



Resúmen de los datos: 



  • JUBILACIÓN: 
    • 65 o más años y carece de cónyuge recibirá una pensión mínima de 8.950,2 euros y, si no ha cumplido esa edad, cobrará 8.372 euros
    • Para los mayores de 65 años con cónyuge que esté a su cargo la cuantía es de 8.493,8 euros anuales y para los menores de dicha edad  7.914,2 euros.
 INVALIDEZ:

Varía desde la gran invalidez con cónyuge a cargo 16567,6 €, pasando por la Gran invalidez sin cónyuge, (considerado como unidad económica unipersonal), que dicha  pensión ascenderá a 13.426 euros; a una invalidez total del menor de 60 años por enfermedad común con o sin cónyuge que alcanza los 5566,40 €.

VIUDEDAD
  • Con cargas familiares cobrarán 10.353 euros al año; 
  • los de 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 %, 8.950,2 euros; 
  • entre 60 y 64 años, 8.372 euros
  • y con menos de 60 años, 6.778,8 euros.

En las pensiones de orfandad, la ayuda por beneficiario se fija en 2.734,2 euros al año, cantidad que se eleva a 6.778,8 euros para la orfandad absoluta, que se repartirá, en su caso, entre los perceptores de una misma pensión.

Por beneficiario, con una discapacidad de al menos el 65 % y menor de 18 años, se fija una pensión de 5.381,6 euros anuales.

Las prestaciones en favor de familiares serán de 2.734,2 euros anuales por beneficiario, de 6.609,4 euros si sólo hay un receptor mayor de 65 años y de 6.228,6 euros si es menor de esa edad.

En el caso de que haya varios beneficiarios, el mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 4.044,6 euros al año entre todos.

PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS: 

Respecto a las no contributivas, se fijará la cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez en 5.178,6 euros íntegros anuales.

EL SOVI: 

La cuantía de las pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) queda fijada en 5.728,8 euros anuales si no concurre con otras prestaciones.

COMPLEMENTO POR VIVIENDA: 

Resultado de imagen de pensionistaSe mantiene el complemento de pensión de 525 euros anuales para el pensionista que acredite fehacientemente carecer de vivienda en propiedad y tener, como residencia habitual, una vivienda alquilada que no sea de un pariente ni cónyuge o persona con la que tenga una unión estable o conviva. 



ENLACES RELACIONADOS: 

Pensiones - UJP-UGT

www.jubiladosugt.org/noticias/pensiones/

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