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miércoles, 23 de septiembre de 2020

PRORROGA DEL PLAN MECUIDA


PRORROGADO EL PLAN MECUIDA

















El Real Decreto Ley del trabajo a distancia contempla, en su disposición adicional tercera, la prórroga del artículo 6 del Real Decreto Ley 8/2020 de 17 de marzo, en el que se regula el Plan MECUIDA que permanecerá vigente hasta el 31 de enero de 2021. 
La norma prorroga, el plan Me Cuida, que caducaba hoy mismo. Es el que estableció el carácter preferente del teletrabajo y la obligación de adaptar o reducir jornada (en ese caso, con reducción paralela de sueldo) a personas que tengan que cuidar a menores o dependientes a causa de la crisis sanitaria.

Además, desarrolla el procedimiento para reconocer las bajas asimiladas a accidente de trabajo en caso de imposibilidad de acudir a la empresa en caso de confinamiento de municipios, de cara a situaciones como la que se podría dar en Madrid.

El Decreto Ley incluye además la modificación de las condiciones de acceso y tramitación del Ingreso Mínimo Vital. Y otras medidas, todas ellas incluidas en el Decreto Ley sobre medidas fiscales para utilizar el superávit de los ayuntamientos que el Congreso tumbó. Así, incluye una nueva prórroga a la puesta en marcha del registro electrónico y elpunto de acceso general electrónico de la Administración.

Utilizan la norma para otras cosas que pasaban cerca o no. Pero destacamos la consideración como accidente de trabajo de los contagios que sufran los profesionales de centros sanitarios y socio-sanitarios, siempre que el servicio de prevención propio considere que son consecuencia de estar expuestos a la infección.



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