GUÍA PRÁCTICA: ASÍ QUEDAN, UNA A UNA, TODAS LAS RESTRICCIONES EN CASTILLA Y LEÓN TRAS EL FIN DEL ESTADO DE ALARMA
La Junta de Castilla y León ha reunido hoy su Consejo de Gobierno para definir la situación en la comunidad una vez que en la noche del sábado al domingo decaiga el toque de queda. Más allá de argumentos jurídico y de las disputas políticas tratamos de aclarar cómo queda la situación en Castilla y León a partir de las 00:00 de este domingo 9 de mayo.
Cierre perimetral: Castilla y León estará abierta tanto para entrar como para salir. La Junta se reserva la posibilidad de cerrar perimetralmente municipios, barrios o edificios siempre de manera puntual y solo cuando tengan una incidencia disparada.
Toque de queda: No habrá toque de queda en Castilla y León. A partir de las 00:01 horas del domingo la libertad para moverse por la comunidad será absoluta.
Reuniones en casa: No habrá límite de personas que puedan reunirse en domicilios o espacios privados. Puedes comer o cenar en casa de quién quieras y cuantos querías.
Espacios públicos: Tampoco habrá máximo de personas que pueda reunirse en espacios públicos como una calle o un parque. Se deberán mantener medidas como la mascarilla o la distancia personal.
Cierre de los bares: A partir del domingo todos los establecimientos de hostelería de Castilla y León podrán permanecer abiertos hasta las 12 de la noche. En las zonas donde el nivel de incidencia vaya bajando esta hora se irá ampliando, algo que no sucederá – como pronto – hasta dentro de 15 días.
Interior de la hostelería: Los municipios que se mantengan por encima de 150 casos por 100.000 habitantes en 14 días deberán seguir teniendo que mantener cerrados los interiores de bares y restaurantes.
Tabaco: Se mantiene la prohibición de fumar cuando no se pueda respetar la distancia de seguridad de 2 metros. Tampoco se puede fumar, en ningún caso, en las terrazas.
Botellones: La Junta recuerda que está prohibido el consumo de alcohol en la vía pública y se reforzarán los controles.
Comer y beber por la calle: También está prohibido cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad interpersonal.
Lugares de culto: Se levantan todas las restricciones de aforo en iglesias y otros templos.
Limitaciones de aforo por sectores
Se establecen 4 niveles de alerta. Actualmente las 9 provincias parten en el nivel 4 y este no bajará, como pronto, hasta dentro de 15 días. Ahora mismo los aforos para los niveles 3 y 4 son:
Velatorios: Máximo un tercio del aforo en recintos cerrados. Comitivas de 10 personas en espacios cerrados y de 20 en espacios abiertos.
Bodas: Fuera de los templos aforo de 1/3 del espacio en espacios cerrados y al aire libre. Máximo 50 personas o 75 en nivel de alerta 4.
Locales comerciales: Aforo al 50% en nivel de alerta 3 y de un 33% en nivel de alerta 4.
Centros comerciales: Aforo máximo de un 33% tanto en nivel de alerta 3 como 4.
Mercadillos y ferias: Aforo al 50% al aire libre
Academias y autoescuelas: Un tercio del aforo tanto en nivel de alerta 3 como 4 recomendando las clases online.
Biblioteca: Máximo del 33% de ocupación de las salas y grupos de 6 personas en nivel 4 y del 50% y de 10 personas en nivel 3.
Límites de aforo en la hostelería
Nivel de alerta 4 (el actual)
INTERIOR: El consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse 1/3 del aforo, con una limitación máxima de ocupación por mesa o agrupación de mesas de 6 personas, sin perjuicio de que se puedan adoptar medidas excepcionales como la suspensión de la apertura al público y la suspensión de la actividad.
TERRAZAS: Se limitará el aforo al 75% de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal o de lo que sea autorizado para este año, en el caso de que la licencia sea concedida por primera vez. Se prohíbe el consumo de pie, y se limitará la ocupación máxima de mesas o agrupaciones de mesas a 6 personas, sin perjuicio de que en este nivel se puedan adoptar medidas sanitarias preventivas excepcionales, entre las que podrá acordarse la suspensión de la apertura al público y la suspensión de la actividad.
A mayores, en aquellos municipios grandes con más de 150 de incidencia acumulada a 14 días estará cerrado el interior de la hostería por el momento.
Nivel de alerta 3 (como pronto en 15 días en las provincias con menor incidencia):
INTERIOR: El consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 75% del aforo en el caso de salas de hasta 40, en las salas de 41 a 60 comensales el aforo será de 30 personas y en las salas de más de 60 comensales el aforo será del 50%, con una limitación máxima de ocupación por mesa o agrupación de mesas de 6 personas, sin perjuicio de que se pueda adoptar la medida excepcional de suspensión de la actividad en el interior.
TERRAZA: Se limitará el aforo al 75% de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal o de lo que sea autorizado para este año, en el caso de que la licencia sea concedida por primera vez. No se permitirá el consumo de pie y se limitará la ocupación máxima de mesas o agrupaciones de mesas a 6 personas.
Todos los detalles, así como los límites a otras actividades culturales, ocio y tiempo libre, gimnasios, piscinas, caza y pesca…. Se pueden consultar en los archivos adjuntos.
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