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viernes, 21 de octubre de 2022

PLANES DE EMPLEO - 2022: MAYEL, JOVEL y QUINTEL

PLANES DE EMPLEO CASTILLA Y LEÓN:

PLAN  MAYEL 2022

OBJETO: Contratación temporal de desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, mayores de 45 años, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Los contratos se formalizarán por escrito y en la modalidad de contratos para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en los programas de activación para el empleo, establecida por la normativa vigente. 

Se efectuarán por 1 año como máximo y a jornada completa. La contratación por un periodo inferior a 9 meses dará lugar a la cancelación total de la financiación por ese contrato.

SOLICITANTES: Municipios con más de 1.000 habitantes, así como las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos.

REQUISITOS:

  •  Contratar temporalmente a desempleados inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, mayores de 45 años para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Las obras y servicios a realizar, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Que se trate de obras y servicios de interés general y social y sean competencia de las Corporaciones Locales.
  2. Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.
  3. Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas.
  4. Que las obras y servicios se ejecuten en su totalidad con el límite máximo temporal del ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se conceda la subvención. 
  5. Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.
  6. Que en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizadas preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.
  7. Asegurar que las personas con discapacidad que sean contratadas disponen de las medidas adecuadas y necesarias para la adaptación del puesto de trabajo y la accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación de la entidad.

ALCANCE DE LA AYUDA:
  • Serán subvencionables los costes salariales y extrasalariales, así como los de Seguridad Social y la indemnización de fin de contrato, derivados de la contratación temporal de trabajadores, mayores de 45 años.
  • Periodo de contratación comprendido entre el 16 de septiembre de 2022 y el 31 de diciembre de 2023.
  • En todo caso, las contrataciones deberán estar dadas de alta en la Seguridad Social antes del 31 de diciembre de 2022.
CUANTÍA:
  • La cuantía de la subvención se determinará, de conformidad con las cuantías de referencia establecidas en el artículo 39 a) del RD 818/2021, de 28 de septiembre, del siguiente modo:
  • Por cada persona trabajadora contratada en los 
    • Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive: 33.250 euros/año, a jornada completa. 
    • Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 26.600 euros/año, a jornada completa. 
    • Grupos de Cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 19.950 euros/año, a jornada completa.
NÚMERO DE CONTRATOS: 
    • En los municipios más de 1.000 y menos de 20.000 habitantes será subvencionable 1 contrato a jornada completa por entidad solicitante. 
    • En los municipios de más de 20.000 habitantes y en las Diputaciones Provinciales u organismos autónomos dependientes, serán subvencionables un máximo de 3 contratos a jornada completa y por entidad solicitante.

PLAN   DESEMPLEADOS MENORES DE 35 AÑOS (JOVEL) 2022

ENTIDADES SOLICITANTES: Municipios con más de 5.000 habitantes, y las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes, de la Comunidad de Castilla y León.

OBJETO: Serán destinatarios de la contratación los desempleados inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, menores de 35 años en la fecha de alta en la Seguridad Social.

REQUISITOS: 

  • Contratar temporalmente a personas desempleadas menores de 35 años, para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo, mediante la realización de obras y servicios de interés general y social.
  • Las contrataciones deberán formalizarse y ser dadas de alta en la Seguridad Social antes del 31 de diciembre de 2022.
  • La preselección de las personas candidatas, la realizará la Oficina de Empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria, mediante la presentación de la correspondiente oferta de empleo teniendo en cuenta los criterios recogidos en la convocatoria.
  • La selección final de los trabajadores, entre las personas candidatas enviadas por la Oficina de Empleo, la realizará la entidad beneficiaria de acuerdo con las normas de selección de personal que les sean de aplicación, siendo los responsables últimos de verificar que los candidatos seleccionados cumplen con todos los requisitos establecidos.
  • Los contratos se formalizarán por escrito y en la modalidad de contratos para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo. 
  • Las contrataciones deberán formalizarse y ser dadas de alta en la Seguridad Social antes del 31 de diciembre de 2022.
  • DURACIÓN DEL CONTRATO: Se efectuarán por 180 días y a jornada completa. La contratación por un periodo inferior a 120 días dará lugar a la cancelación total de la financiación por ese contrato.
  • Los contratos deberán ser comunicados a la Oficina del Servicio Público de Empleo de Castilla y León correspondiente. 
  • Si antes de finalizar dicho período se extinguiera el contrato, se podrá contratar a otra persona trabajadora que cumpla los mismos requisitos exigidos para el trabajador inicial, por el período que, sumado al del anterior contrato, complete como mínimo el período subvencionado. 
  • Cuando el contrato se suspenda debido a situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo en el embarazo y demás situaciones que den derecho a reserva del puesto de trabajo, la entidad deberá comunicar dicha incidencia al Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en el plazo de un mes desde la producción del hecho que da lugar a la suspensión del contrato. En estos supuestos, la entidad podrá formalizar un contrato con otro trabajador que cumpla con los requisitos exigidos durante el tiempo que dure dicha situación, siguiendo el orden de reserva del proceso de selección. En ningún caso conllevará mayor importe de subvención. De no existir candidatos, se realizará una nueva oferta en la Oficina de Empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria.
OBJETIVOS: 
Serán subvencionables los costes salariales y Seguridad Social por todos los conceptos derivados de los contratos que se suscriban para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo, con las personas trabajadoras menores de 35 años desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social

NÚMERO DE CONTRATOS:

  • Ayuntamientos de más de 5.000 y menos de 20.000 habitantes: serán subvencionables un máximo de 3 contratos a jornada completa por entidad solicitante.
  • Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y Diputaciones Provinciales u organismos autónomos dependientes, serán subvencionables un máximo de 5 contratos a jornada completa por entidad solicitante.

CUANTÍA:

  • Trabajador de  los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive: 16.625 euros/180 días, a jornada completa.
  • Trabajador contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 13.300 euros/180 días, a jornada completa.
  • Trabajadora  contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 9.975 euros/180 días, a jornada completa

PLAN DE EMPLEO: QUINTEL 2022

SOLICITANTES: 

Municipios de más de 5.000 habitantes, dentro del ámbito territorial de Castilla y León que contraten temporalmente a personas desempleadas que cumplan los requisitos.

SOLICITUD: hasta el 24 de octubre de 2022


REQUISITOS: 

a) La preselección se hará entre los siguientes colectivos prioritarios:
  • Jóvenes menores de 35 años, preferentemente con déficit de formación.
  • Mayores de 45 años.
  • Personas en desempleo de larga duración (desempleada 12 meses en un período de 18 meses), con especial atención a aquellos que han agotado sus prestaciones por desempleo.
Dentro de los colectivos indicados, la preselección priorizará a las personas cuyo perfil profesional mejor se adecúe a la cualificación y características del puesto ofertado, y favoreciendo la primera experiencia profesional.

b) La preselección la realizará la Oficina de Empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria, mediante la presentación de la correspondiente oferta de empleo. 

c) Los contratos se formalizarán por escrito y en la modalidad de contratos para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo, establecida por la normativa vigente. Se efectuarán por 180 días y a jornada completa. 

d) Si antes de completar el período de contratación subvencionado, el contrato de trabajo se extinguiera, se podrá contratar a otra persona trabajadora que cumpla los mismos requisitos por el período que complete como mínimo el período subvencionado.

e) Cuando el contrato de trabajo se suspenda debido a situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo, y demás situaciones que den derecho a reserva del puesto de trabajo, la entidad deberá comunicar dicha incidencia al Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en el plazo de 10 días. Se podrá  formalizar un contrato para sustitución de persona trabajadora durante el tiempo que dure dicha situación.

f) Las contrataciones deberán formalizarse y ser dadas de alta en la Seguridad Social antes del 31 de diciembre de 2022.

FINALIDAD: 
Se entiende por obras y servicios de interés general y social relacionados en el sector turístico y cultural, la puesta en valor y fomento del patrimonio cultural de Castilla y León entendiendo por tales, los bienes muebles e inmuebles de interés artístico, histórico, arquitectónico, paleontológico, arqueológico, etnológico, científico o técnico.

También forman parte del mismo, el patrimonio documental, bibliográfico, audiovisual y lingüístico, así como las actividades y el patrimonio inmaterial de la cultura popular y tradicional. Esto es, serán subvencionables, sin perjuicio de las autorizaciones preceptivas que sean pertinentes, aquellas obras o servicios de interés general y social relacionados con actividades en el patrimonio cultural de Castilla y León, que tengan capacidad por sí mismas para atraer visitantes, como por ejemplo, sin carácter exhaustivo: 
    •  Camino de Santiago
    • Visitas al patrimonio histórico y artístico
    • Actividades festivas y cultural
    • Turismo medioambiental: rutas en el medio natural
    • Revalorización de espacios para la participación colectiva relacionados con el sector
    • Eventos deportivo

CUANTÍA

  • Trabajador de  los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive: 16.625 euros/180 días, a jornada completa.
  • Trabajador contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 13.300 euros/180 días, a jornada completa.
  • Trabajadora  contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 9.975 euros/180 días, a jornada completa
El importe máximo subvencionable a cada entidad será de 100.000 €.


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