EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL
BOE: 30 de diciembre de 2015.
ENTRADA EN VIGOR: el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» y surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2016, procediendo, en consecuencia, el abono del
salario mínimo en el mismo establecido con efectos del 1 de enero de 2016.
SMI 2016:
El salario mínimo interprofesional para 2016 queda fijado en 21,84 euros/día o
655,20 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
Hay que recordar que estas percepciones son compensables con los ingresos que
por todos los conceptos viniesen percibiendo los trabajadores en cómputo anual y
jornada completa con arreglo a normas legales o convencionales, laudos
arbitrales y contratos individuales de trabajo en vigor en la fecha de
promulgación de este real decreto.
REPASANDO CANTIDADES Y AÑOS: -vergüenza nacional -
Año SMI Día SMI Mes
2016 21,84 € 655,20 €
2015 21,62 € 648,60 €
2014 21,51 € 645,30 €
2013 21,51 € 645,30 €
2012 21,38 € 641,40 €
LOS AGRAVIADOS: ¡Los 250.000 trabajadores que perciben el salario mínimo interprofesional (SMI) percibirán en el 2016 la subida salarial más elevada desde el 2011. Esta salvaje subida supone para los trabajadores con menor retribución que su nómina crezca 6,6 euros al mes (incluido el redondeo al alza), lo que equivale a 92,4 euros al año (14 pagas).
PÉRDIDA DE 4,1 PUNTOS DE PODER ADQUISITIVO: La crisis económica iniciada en el 2008 truncó la senda alcista del salario mínimo y anulo los planes de Zapatero de acercar su cuantía a la media europea. Después de conquistar la cota de los 600 euros en el 2008, los incrementos se fueron moderando en el inicio de la devaluación interna general de los sueldos.
Desde el 2010 al 2013, la pérdida de poder adquisitivo del SMI llegó a 5,4 puntos por el efecto de la diferencia entre las subidas, comprendidas entre la congelación y el 1,5%, y la evolución del índice de precios de consumo (IPC). La inflación negativa del 2014 y el 2015 ha moderado esa pérdida de poder de compra para el SMI hasta 4,1 puntos a pesar de que el salario solo ha subido el 1,1% desde el 2012.
Los secretarios de Acción Sindical de UGT y CCOO, Toni Ferrer y Ramón Górriz, respectivamente, han contestado la propuesta del Ministerio de Empleo con una carta dirigida a la ministra Fátima Báñez en la que califican de "inaceptable" el incremento del 1% del SMI al considerar que "pondría en cuestión los efectos de la recuperación para la mayoría social, que fue la que pagó el precio más alto en la recesión y que ahora quedaría relegada". Además, el 1% está por debajo de la recomendación del 1,5% para el 2016 prevista en el acuerdo sobre negociación colectiva firmado por los sindicatos y la patronal.
POR DEBAJO DEL NIVEL EUROPEO: CCOO y UGT plantearon un aumento del 11% en el 2016 para que llegara a 720 euros mensuales y de otro 11% en el 2017 para que alcance los 800 euros. Los sindicatos recuerdan que España incumple reiteradamente la Carta Social europea, que determina que el SMI sea del 60% del salario neto medio, un nivel equivalente a más de 1.200 euros.
ACCESO A LOS DOCUMENTOS: (pincha sobre los documentos)
- REAL DECRETO 1171/2015 Fija el SMI
- CARTA A FÁTIMA
No hay comentarios:
Publicar un comentario